La Nota Económica

Aún es posible impugnar las fotomultas: ¿Cómo entender la Sentencia C-321 de 2022?

Imagen de La Nota Económica

La Nota Económica

Categoría: Noticias
bravoauto flota de carros

Se ha hecho ruido respecto a la Sentencia C-321, que determina cuándo se puede multar al propietario de un vehículo. Sin embargo, esta fue emitida en septiembre, y en este tiempo las fotomultas han podido impugnarse sin problema.

Un reciente comunicado de la Secretaría de Movilidad de Bogotá ha generado confusión respecto a la responsabilidad de los propietarios de vehículos al momento de apelar a una fotomulta. Sin embargo, la Sentencia C-321 de 2022, a la que refiere dicho comunicado, se emitió en septiembre pasado, y no han habido modificaciones recientes. Todo este tiempo las fotomultas han podido impugnarse, y aún es posible, si el caso lo amerita.

La Sentencia C-321 entró en vigor el 14 de septiembre de 2022, y aclara las circunstancias en que el propietario de un vehículo puede ser sancionado. Junto con la sentencia, la Corte Constitucional emitió este comunicado:

“El propietario de un vehículo automotor deberá velar por que este circule habiendo adquirido el seguro obligatorio de accidentes de tránsito y realizado la revisión técnico-mecánica en los plazos previstos en la ley. El incumplimiento de tal deber legal es sancionable conforme al código nacional de tránsito. Asimismo, debe velar porque el vehículo de su propiedad circule por lugares y en horarios que estén permitidos, sin exceder los límites de velocidad permitidos y respetando la luz roja del semáforo, y podrá ser sancionado cuando, al interior del procedimiento administrativo sancionatorio, resulte probado que, de manera culposa, incurrió en las citadas infracciones de tránsito”.

Ni la propia sentencia ni el comunicado mencionan expresamente las fotomultas. Lo que sí dan a entender es que no se necesita identificar al infractor en casos de:

  • SOAT vencido
  • Revisión técnico-mecánica vencida
  • Cruzar un semáforo en rojo o amarillo
  • Exceso de velocidad

Esto no quiere decir que las fotomultas emitidas en estos casos no se puedan impugnar, de hecho son objeto de reclamo indiscutible para el propietario en caso de que no aplique revisión técnico-mecánica (matrículas inferiores a seis años), o en caso de que el vehículo haya sido robado y cuente con denuncia ante la Fiscalía.

Es falso que el propietario esté obligado a pagar la fotomulta en todos los casos, ya que impugnarlas sigue siendo posible. De hecho, otra causa muy común de impugnación es la violación al debido proceso; también que no se cumplan los requisitos mínimos, como notificar a la dirección de residencia, dentro de las fechas establecidas, o que la cámara no se encuentre debidamente habilitada, calibrada y con permiso del Ministerio de Transporte.

Aun así, si el propietario es quien conduce su vehículo, tiene la obligación de cumplir con todas y cada una de las normas de tránsito. Y en caso de permitirle estar al volante a un tercero, el dueño debe asegurarse de que quien conduzca lo haga respetando la ley.

Para tranquilidad de nuestros usuarios, y de todo aquel que haya sido notificado de una fotomulta, en Juzto queremos dejar claro que la Sentencia C-321 de 2022 lleva vigente desde septiembre, y desde entonces no ha habido novedad al respecto. Esto significa una sola cosa: aún se pueden impugnar las fotomultas.

Imagen de La Nota Económica

La Nota Económica

Claro Colombia anuncia vacantes para Jefe Edición Web Noticiero, Gerente Comercial Contenido, Director(a) Cuentas Estratégicas y Gerente Gestión Calidad Tecnología

Portrait of corporate woman holding clipboard at work, standing in formal outfit over white background.
Claro Colombia, empresa de tecnología que desarrolla y opera la infraestructura digital que habilita la innovación en el país, abrió...

Cuando todo se derrumba, ¿qué nos sostiene?

Diseños-redes
Por: Jose Andrés Forero Bolívar. El lunes 10 de agosto la tierra se movió en Colombia. Pero para miles de...

Fundación Santa Fe de Bogotá, primera institución de Latinoamérica reconocida como ACR® International Center for Quality and Safety

WhatsApp Image 2026-08-19 at 4.31.32 PM
El reconocimiento otorgado por el American College of Radiology destaca el compromiso del Departamento de Imágenes Diagnósticas con estándares internacionales...

Nueva reglamentación laboral impulsaría la contratación de empleadas domésticas por días a través de plataformas

WhatsApp Image 2026-08-21 at 9.38.03 AM (1)
Con el aumento de los costos y las nuevas responsabilidades derivadas de la reforma laboral para la contratación de empleadas...

Duracell y Genomma Lab se suman a la recuperación y reconstrucción de Colombia tras el terremoto

WhatsApp Image 2026-08-21 at 8.14.09 AM (1) (1)
A través de su Programa de Respuesta ante Situaciones de Emergencia y Desastres Naturales, Genomma Lab articuló esta donación de...

Ocho iniciativas que transforman los territorios y restauran la naturaleza ganaron el Premio BIBO 2026

3CAM9498.JPG (1)
Los proyectos reconocidos en la edición número 16 del Premio BIBO demostraron que la conservación de la biodiversidad, la educación...

JetSMART refuerza conectividad con el Eje Cafetero a través de Armenia y amplía medidas de apoyo tras la emergencia

WhatsApp Image 2026-08-21 at 9.37.02 AM (1)
La conectividad aérea para el Eje Cafetero es mucho más que una ruta en un itinerario: es un puente que...

Datos + IA = decisiones inteligentes: la nueva fórmula para transformar la experiencia del cliente

WhatsApp Image 2026-08-21 at 9.29.47 AM (1)
En un entorno donde las expectativas de los consumidores evolucionan más rápido que nunca, las empresas enfrentan un nuevo desafío:...

Temporada de renta: ¿qué son las responsabilidades tributarias y por qué las empresas deben revisar su RUT?

xr:d:DAFk-6n8oVY:120,j:299912880993816953,t:24040113
Revisar las responsabilidades registradas en el RUT permite detectar inconsistencias y verificar que la información tributaria de la empresa esté...

Más productos
La Nota

La Nota educativa

La Nota Empresarial

Eventos La Nota

Contacto

Lorem ipsum dolor sit amet, consectetur adipiscing elit. Ut elit tellus.
Teléfonos:
E-mail: