La Nota Económica

Aún es posible impugnar las fotomultas: ¿Cómo entender la Sentencia C-321 de 2022?

Imagen de La Nota Económica

La Nota Económica

Categoría: Noticias
bravoauto flota de carros

Se ha hecho ruido respecto a la Sentencia C-321, que determina cuándo se puede multar al propietario de un vehículo. Sin embargo, esta fue emitida en septiembre, y en este tiempo las fotomultas han podido impugnarse sin problema.

Un reciente comunicado de la Secretaría de Movilidad de Bogotá ha generado confusión respecto a la responsabilidad de los propietarios de vehículos al momento de apelar a una fotomulta. Sin embargo, la Sentencia C-321 de 2022, a la que refiere dicho comunicado, se emitió en septiembre pasado, y no han habido modificaciones recientes. Todo este tiempo las fotomultas han podido impugnarse, y aún es posible, si el caso lo amerita.

La Sentencia C-321 entró en vigor el 14 de septiembre de 2022, y aclara las circunstancias en que el propietario de un vehículo puede ser sancionado. Junto con la sentencia, la Corte Constitucional emitió este comunicado:

“El propietario de un vehículo automotor deberá velar por que este circule habiendo adquirido el seguro obligatorio de accidentes de tránsito y realizado la revisión técnico-mecánica en los plazos previstos en la ley. El incumplimiento de tal deber legal es sancionable conforme al código nacional de tránsito. Asimismo, debe velar porque el vehículo de su propiedad circule por lugares y en horarios que estén permitidos, sin exceder los límites de velocidad permitidos y respetando la luz roja del semáforo, y podrá ser sancionado cuando, al interior del procedimiento administrativo sancionatorio, resulte probado que, de manera culposa, incurrió en las citadas infracciones de tránsito”.

Ni la propia sentencia ni el comunicado mencionan expresamente las fotomultas. Lo que sí dan a entender es que no se necesita identificar al infractor en casos de:

  • SOAT vencido
  • Revisión técnico-mecánica vencida
  • Cruzar un semáforo en rojo o amarillo
  • Exceso de velocidad

Esto no quiere decir que las fotomultas emitidas en estos casos no se puedan impugnar, de hecho son objeto de reclamo indiscutible para el propietario en caso de que no aplique revisión técnico-mecánica (matrículas inferiores a seis años), o en caso de que el vehículo haya sido robado y cuente con denuncia ante la Fiscalía.

Es falso que el propietario esté obligado a pagar la fotomulta en todos los casos, ya que impugnarlas sigue siendo posible. De hecho, otra causa muy común de impugnación es la violación al debido proceso; también que no se cumplan los requisitos mínimos, como notificar a la dirección de residencia, dentro de las fechas establecidas, o que la cámara no se encuentre debidamente habilitada, calibrada y con permiso del Ministerio de Transporte.

Aun así, si el propietario es quien conduce su vehículo, tiene la obligación de cumplir con todas y cada una de las normas de tránsito. Y en caso de permitirle estar al volante a un tercero, el dueño debe asegurarse de que quien conduzca lo haga respetando la ley.

Para tranquilidad de nuestros usuarios, y de todo aquel que haya sido notificado de una fotomulta, en Juzto queremos dejar claro que la Sentencia C-321 de 2022 lleva vigente desde septiembre, y desde entonces no ha habido novedad al respecto. Esto significa una sola cosa: aún se pueden impugnar las fotomultas.

Imagen de La Nota Económica

La Nota Económica

Liquidez se convierte en prioridad para empresas colombianas ante presión tributaria y menor dinamismo económico

Diseño 'Opinión' - Página web
El factoring gana relevancia entre compañías que buscan anticipar liquidez para responder a impuestos, nómina y operación en medio de...

La tierra sin futuro: el vacío productivo y ambiental de la reforma agraria

Fernando García Rubio.
El caucho natural, por su ciclo de vida y su biomasa, es un aliado natural en la lucha contra la...

¿Qué está haciendo la empresa más innovadora del país?

Innovación3 (1).JPG
Corona fue reconocida como la empresa más innovadora de Colombia en 2026, al ocupar el primer lugar en el Ranking...

Grupo EPM destina más de 67.000 millones de pesos a 19 proyectos en Colombia mediante Obras por Impuestos

Edificio_EPM (4) (3).jpg
Mediante el mecanismo de Obras por Impuestos (OXI), el Grupo EPM reafirma su compromiso con las regiones al aportar 67.504...

INDRA GROUP acelera la apuesta por sus negocios estratégicos tras acordar la venta de la división de consultoría de negocio de MINSAIT, a Waterland Private Equity

Edificio Arroyo de la Vega_2
Indra Group ha alcanzado un acuerdo con el fondo europeo Waterland Private Equity para la desinversión del 100% de Minsait...

Delegación neerlandesa experta en tecnologías del agua visitará Colombia

Wastewater-treatment-plant
Según estudios de Invemar e IDEAM, el 50 % del territorio colombiano tendrá grandes afectaciones por la modificación en el...

Más productos
La Nota

La Nota educativa

La Nota Empresarial

Eventos La Nota

Contacto

Lorem ipsum dolor sit amet, consectetur adipiscing elit. Ut elit tellus.
Teléfonos:
E-mail: