La Nota Económica

Compradores, recuerden la obligatoriedad de solicitar la factura electrónica

Imagen de La Nota Económica

La Nota Económica

Categoría: Noticias
Materiales nota económica -Banner Web

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –DIAN- recuerda a los compradores que siempre se debe exigir al comerciante o vendedor la expedición inmediata de la factura electrónica, para lo cual debe informar estos 3 datos:

  1. Nombre o Razón Social
  2. Número de cédula o NIT
  3. Correo Electrónico.

Para expedir la factura electrónica, el vendedor o comerciante no debe exigir la exhibición o entrega de documento alguno; por ejemplo, la presentación del Registro Único Tributario (RUT).

La factura de venta y/o documento equivalente debe entregarse en el momento en que se realiza la venta del bien y/o la prestación del servicio, y el comprador (adquiriente) recibirá la misma y su validación, así:

  • Por correo electrónico a la dirección suministrada por el comprador al facturador electrónico.
  • Si el comprador no informa el medio de recepción de la factura electrónica, se deberá expedir mediante la impresión de la representación gráfica.

La DIAN adelantará las acciones de control y de fiscalización correspondientes, para lo cual el comprador deberá informar a la entidad por los canales de PQSR y Denuncias, los casos en los cuales se le exijan requisitos adicionales a los que señale la normatividad o no se le expida factura electrónica al momento de la adquisición.

Es importante tener en cuenta que el artículo 618 del Estatuto Tributario establece que los compradores (adquirentes de bienes corporales muebles o servicios) están obligados a exigir la factura o documento equivalente que establezcan las normas, al igual que a exhibirlos cuando los funcionarios de la administración tributaria, debidamente comisionados para el efecto, así lo exijan.

Igualmente, el facturador electrónico (vendedor, comerciante y, o prestador del servicio), deberá generar y expedir al momento de la venta o prestación del servicio, la factura con el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 617 del Estatuto Tributario, y en el artículo 11 de la Resolución 0042 de 2020, tal como se lo reitera la Circular 000007 del 24 de octubre, expedida por la DIAN.

En esta temporada navideña exija factura electrónica en todas sus compras.

Más información sobre factura electrónica en: https://micrositios.dian.gov.co/sistema-de-facturacion-electronica/factura-electronica/

Imagen de La Nota Económica

La Nota Económica

El futuro laboral exige redefinir funciones, no eliminar empleos: IBERO

20260316_IBERO
Ante el creciente debate global sobre el impacto de la inteligencia artificial (IA) en la generación de contenidos y la...

Lo que debe saber antes de la reunión del Banco de la República: por qué esta decisión puede cambiar el rumbo de su dinero en 2026

Diseño 'Opinión' - Página web (1)
Este martes, la Junta Directiva del Banco de la República se reunirá para tomar una de las decisiones más esperadas...

Hasta el 30% del dinero de los micronegocios se pierde por desorden financiero: guía para ordenar las cuentas sin ser contador

Weary businessman finishing up on work at night. Stressed and tired office worker rubbing his forehead with both of his hands while working behind computer in late hours in office.
La caja puede estar llena de movimientos y vacía de utilidad. El arranque de 2026 lo hizo evidente: el IPC...

Música, teatro, danza y humor: la apuesta de Compensar para dinamizar la agenda cultural en Bogotá

Compensar suena a vinilos
En el segundo trimestre de 2026, la Caja de Compensación Compensar presenta su agenda cultural con una programación que reúne...

Por qué la infraestructura financiera está migrando de soluciones a herramientas

Por Camilo Arango, líder de expansión de Minka Hubo una época en la que comprar tecnología para pagos se parecía...

Más productos
La Nota

La Nota educativa

La Nota Empresarial

Eventos La Nota

Contacto

Lorem ipsum dolor sit amet, consectetur adipiscing elit. Ut elit tellus.
Teléfonos:
E-mail: