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Eliminación de barreras para implementar el teletrabajo en la pospandemia

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Función pública resaltó que el nuevo decreto que expidió el Gobierno Nacional se ha convertido en un avance para que trabajadores tanto del sector público como privado, sean más productivos. 

El Departamento Administrativo de la Función Pública destacó los alcances del Decreto 1227 de 2022 que eliminó algunas barreras para implementar el teletrabajo en el país y que fue expedido por el Gobierno Nacional a través de los ministerios de Trabajo y el de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC) así como por Función Pública. 

Uno de los puntos más destacados de la nueva norma es que advierte que no se podrá condicionar la puesta en marcha del teletrabajo basándose en requerimientos que impliquen barreras como exigencia de visitas previas al puesto de trabajo o requerir sistemas de información para realizar el seguimiento a actividades. 

Durante el conversatorio Retos del trabajo a distancia en la pospandemia, el director de Empleo Público de Función Pública, Francisco Camargo, destacó que el nuevo decreto es un gran paso que está dando el país, porque beneficia tanto al sector público como al privado, lo que significa que se avanza en conjunto para una mayor flexibilidad y productividad laboral. 

El directivo agregó que decreto de suma a otras acciones que han contribuido a modernizar el empleo Público en Colombia para seguir avanzando en el camino hacia el Servidor Público 4.0. 

El decreto además señala que en los contratos laborales o vinculaciones reglamentarias vigentes en las que se pretenda implementar la modalidad de teletrabajo, las partes conservan el derecho a la reversibilidad del teletrabajo, esto es, la facultad de solicitar en cualquier momento, el retorno definitivo a la ejecución de labores en la empresa, entidad o centro de trabajo.

La norma también indica que la implementación del teletrabajo no requerirá, por parte del empleador, la adición al Reglamento Interno de Trabajo, ni tampoco una modificación al Manual de Funciones y Competencias Laborales. 

Adicionalmente, pide a las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL) que establezcan un programa que permita asesorar, capacitar y emitir recomendaciones sobre postura y ubicación de herramientas propias del desarrollo del teletrabajo. 

Con este nuevo decreto se incluyó la exigencia de un registro de trabajadores para que el empleador a través de un formulario informe al Ministerio del Trabajo la cifra de teletrabajadores que tiene a cargo. 

El Ministerio del Trabajo, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, y el Departamento Administrativo de la Función Pública desarrollarán estrategias de reconocimiento a los empleadores que implementen el teletrabajo, de acuerdo con el decreto.  

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