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Frente al incremento de las deudas en mora en Colombia, la ley de insolvencia es clave para proteger el patrimonio durante el año

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Insolvencia

Actualmente, la prepagada jurídica, Legal Aid, viene atendiendo entre 50 a 100 casos diarios en todo Colombia, de los cuales, muchos corresponden a procesos de insolvencia.

El año 2023 estuvo marcado por un panorama financiero muy complejo debido a situaciones como la falta de trabajo, el aumento de las deudas y las tasas de interés, así como la inflación. Esta situación llevó a muchos colombianos a no poder cumplir con sus obligaciones financieras, entrar en mora y emprender procesos de insolvencia. Según datos de Insolvencia Colombia e IFI Inteligencia Financiera, más de 4.500 personas naturales tomaron esta medida el año pasado. 

Esto representó un aumento del 44,1% en comparación con el año 2022. El estudio también reveló que la edad promedio de los colombianos que se declararon insolventes en 2023 está entre los 38 y 42 años, siendo los hombres (62,93%) los que presentaron más solicitudes en comparación con las mujeres (33,7%). A pesar de este incremento, persiste un desconocimiento generalizado sobre este proceso.

A este contexto, hay que sumarle otros datos de la Superintendencia Financiera, quien registró que la cartera vencida a septiembre de 2023 había llegado a la suma de $33,4 billones, lo que representó un incremento del 26,65% en un año, y demuestra que para los colombianos viene siendo cada vez más difícil el poder cumplir con sus deudas.

Cristian Valenzuela, fundador y CEO de Legal Aid, la prepagada de servicios jurídicos, destaca la importancia de la Ley de Insolvencia de persona natural este año. Explica que es una opción que permite a los deudores proteger su patrimonio y el de su familia, llegando a un acuerdo de pago con sus acreedores sin afectar su estilo de vida.

“La Ley 1380 de 2010 busca ayudar a las personas con deudas que no han podido pagar por razones ajenas a su voluntad y como consecuencia de ello se encuentran en mora. Esta ley brinda la oportunidad de organizar el pago de estas deudas mediante un acuerdo que la persona realiza con sus acreedores, donde el monto y plazo de pago de sus acreencias es negociado”, asegura Valenzuela.

Para acogerse a esta ley, explica el abogado de Legal Aid, la persona debe tener en principio la condición de persona natural, no comerciante; las deudas deben ser a favor de dos o más acreedores (no importa si son entidades o personas); encontrarse en cesación de pagos, lo que significa estar en mora por más de 90 días con dos o más acreedores; o tener 2 o más procesos judiciales en contra y, deben representar como mínimo el 50% de todo lo que se debe.

Es importante, además, tener en cuenta que este proceso no se aplica a deudas como pensiones alimenticias, deudas contraídas por fraude, o créditos adquiridos de manera irregular, tampoco, si son deudas con entidades de servicios públicos o son derivadas de algún tipo de impuesto.

Valenzuela señala que para ser parte de este proceso se debe partir por hacer toda una estructuración de las obligaciones, para luego, presentar una solicitud a través de la página web del Centro de Arbitraje y Conciliación, en donde solicitaran a la persona poner las causas de la cesación de pagos (por ejemplo: enfermedad, desempleo, divorcio, etc.); propuesta de pago; relación completa y actualizada de todos los acreedores, en mora y al día, identificando su prelación de crédito conforme a lo establecido en el Código Civil; relación completa y detallada de los bienes, en el país y en el exterior, entre otras cosas.

«Sin embargo, es en este punto donde la mayoría de los colombianos enfrenta una verdadera dualidad, ya que para iniciar o llevar a cabo este proceso inicial, las firmas o abogados suelen cobrar grandes sumas de dinero», señala Valenzuela. Agrega que por esta razón decidió impulsar Legal Aid, una prepagada de servicios jurídicos que permite a los usuarios pagar una tarifa mensual fija para acceder a una variedad de servicios legales, incluido el derecho civil y un acompañamiento inicial para procesos de insolvencia, permitiéndoles ahorrar hasta un 90% en los costos asociados con ese primer paso.

Si se presenta la persistencia y se requiere toda una estructuración de insolvencia, en ese caso, solo se les cobraría un copago del 10% del valor de los honorarios profesionales pactados con el abogado. Además, las personas pueden financiar los servicios legales sin ningún tipo de interés para aprovechar esta herramienta legal.

Luego de presentar la solicitud, el Centro de Arbitraje designa a un conciliador para tramitar el proceso. En esta etapa, se estudia la solicitud y se verifica el cumplimiento de los requisitos y la información presentada por el deudor. Posteriormente, el conciliador emite una comunicación que informa el resultado de la revisión. Si se cumplen los requisitos, se comunica la tarifa que el deudor deberá pagar para avanzar en el trámite ante el Centro.

Una vez que el deudor ha pagado la tarifa, el conciliador admite el trámite y notifica a todos los acreedores y centrales de riesgo sobre esta decisión. Se fija la fecha, hora y lugar de la audiencia de negociación de deudas, en la cual se puede llegar a un acuerdo o no.

Cristian Valenzuela concluye que, en muchos casos, llevan a cabo una estructuración financiera para respaldar a los deudores y explorar posibles alternativas que eviten el impacto de sus deudas. Además, destaca que la información y la asesoría adecuadas son esenciales en un contexto donde el aumento en las solicitudes de insolvencia refleja la realidad financiera de muchas personas.

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