Según un informe del programa de Derecho de la Universidad de San Buenaventura, sede Bogotá, la reforma laboral podría causar un efecto ‘boomerang’ en la generación de nuevos empleos para beneficiar a jóvenes.
De acuerdo con Alejandra Cuervo Ángel, docente de Derecho Laboral de la institución y autora del informe, las siguientes cinco razones explican la afectación que ocasionaría este proyecto de ley al empleo juvenil.
- Golpe a las finanzas de las MiPymes
Las micro, pequeñas y medianas empresas son las mayores promotoras de empleo juvenil. Según el reporte ‘Una Mirada a las Mipymes en Colombia de BBVA Research de 2024’, este tipo de compañías generan el 79 % de las plazas de trabajo (de 5 a 5.5 millones de empleos formales) y de ellas cerca del 65 % están ocupadas por jóvenes.
“Si se tiene en cuenta el impacto negativo que tendrían por causa de la reforma laboral, por ejemplo, un incremento entre un 17 y 34 % de los costos no laborales, que las llevaría a restringir sus plantas de personal, se calcula, de acuerdo con la Asociación Colombiana de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (Acopi), que se podría disminuir en más de un 50 % el empleo juvenil”, comenta Cuervo.
- Cambios en los contratos de los aprendices SENA
Los jóvenes son quienes se beneficiarían de dicha regulación al contar con la aprobación de un contrato que se dividirá en dos etapas: una lectiva y otra práctica, con una duración máxima de 36 meses. En la fase teórica, recibirán el 60 % de un salario mínimo, y en la fase práctica, un sueldo mínimo, más prestaciones y seguridad social. Sin duda una buena noticia para esa fuerza laboral que hasta ahora empieza a contribuir a la economía nacional; no obstante, su costo para las empresas podría ser devastador. De hecho, según el presidente de la Federación Nacional de Comerciantes (FENALCO), Jaime Alberto Cabal, esta medida ocasionaría un aumento en los costos salariales hasta de $5 billones.
Para Cuervo, “este punto representa un impacto negativo en el empleo juvenil e implica un incremento hasta del 50 % en la carga administrativa para los empresarios y un aumento entre el 20 y el 25 % en los costos adicionales de nómina. En otras palabras, si se tratara de nivelar costos, las compañías preferirían contratar mano de obra calificada en vez de jóvenes en etapa de aprendizaje”.
- Incremento anual del 8 % en el PIB para las MiPymes y emprendimientos
Esto a raíz de que se aumentarían en aproximadamente un 30 % los costos operativos en estas empresas y como consecuencia se incrementaría de un 3 a un 5% el desempleo juvenil.
“Los anteriores cálculos estadísticos corresponden al análisis que hicieron recientemente la Asociación Nacional de Industriales de Colombia (ANDI)y la Asociación Nacional de Comercio Exterior (ANALDEX), quienes advierten que esta iniciativa podría costarle a las empresas y emprendimientos un incremento anual en el PIB, lo que significaría un impacto negativo para el empleo de las nuevas generaciones. ¿La razón? “La aplicación de tecnologías emergentes como la Inteligencia Artificial (IA) y la automatización que, si bien son herramientas claves para mejorar la producción de las empresas, son también la causa de incentivos económicos lo suficientemente atractivos para que los empleadores sustituyan la fuerza laboral existente por herramientas más productivas a menos costo y que cumplen con las mismas funciones”, señala Cuervo.
- Reducción de la jornada diurna, que se extendería hasta las 7 p.m., aumentaría los costos laborales en un 9 %
Actualmente la jornada ordinaria laboral termina a las 9 p.m., es decir que con la implementación de este nuevo articulado se reduciría en 2 horas. A esto se suma el incremento en un 100 % del pago de dominicales y festivos, lo que también pondría en serios aprietos a los empresarios.
“Si bien este punto favorece el bienestar de los trabajadores también impone un aumento en el ajuste de los pagos de salarios que tienen que asumir las empresas, lo que causaría un incremento hasta del 9 % en los costos no laborales, motivando a los empleadores a realizar recortes de personal para nivelar sus finanzas, lo que ocasionaría un mayor desempleo juvenil y niveles más altos de informalidad”, agrega la docente de la Universidad de San Buenaventura, sede Bogotá.
- Licencias por incapacidad relacionada con síntomas asociados al ciclo menstrual (la menstruación)
Si bien esta es una excelente noticia para el 52 % de la población colombiana, que está conformada por mujeres, pues mejora sus condiciones laborales, esto podría desestimular la generación de empleo femenino, pues para los empleadores no sería rentable contratar a mujeres debido a ese proceso de licencia del cual gozaría mes a mes, lo que ocasionaría un aumento en los costos no laborales entre un 8 y un 10 %.
“La inclusión de la que habla la ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez, no sería entonces la premisa mayor, al contrario, ésta se utilizaría como un factor determinante en las empresas para elegir contratar a los hombres y apartar a las mujeres de dichos acuerdos, en especial por los costos no salariales más los otros que causarían la contratación de personal temporal. En otras palabras, para el empleador resultaría mejor vincular mano de obra que no tenga que ausentarse de su puesto de trabajo de forma permanente”, indica Cuervo.
Finamente, la docente advierte sobre la preocupación que existe a raíz de eliminación de los artículos de la reforma que promovían la formalización del trabajo agropecuario y la exaltación del área rural, negándole la oportunidad a los jóvenes del campo a formalizar sus actividades diarias a través del reconocimiento de un contrato laboral y dejando en el limbo la posibilidad de crear medianas y pequeñas empresas que contribuyan a la comercialización de servicios para formar aliados estratégicos que quieran invertir en la economía colombiana.
En contexto, vale mencionar que, a la fecha, luego que este proyecto de ley pasara por la Plenaria de la Cámara de Representantes, fueron aprobados 81 artículos. No obstante, aún le quedan dos debates: uno en la Comisión Séptima del Senado y otro en Plenaria de esa corporación. El plazo para que esta iniciativa sea aprobada y pase a sanción presidencial vence el 20 de junio de 2025.