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SIC toma medidas sobre las propinas y cartas en los restaurantes

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Young waiter communicating with guests and helping them to chose their order from a menu.

La Superintendencia de Industria y Comercio actualizó las instrucciones sobre cómo se debe informar a los consumidores acerca de los precios.

Con multas hasta de $2.000 millones la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) castigará a los establecimientos que incumplan las instrucciones sobre cómo se debe informar a los consumidores acerca de los precios y no respeten la voluntariedad de la propina.

En la más reciente actualización de esas directrices, la SIC señaló que frente a los precios se debe informar de estos a los consumidores a través de una lista o de cartas físicas.

Desde la presidencia de la Asociación Colombiana de la Industria Gastronómica (Acodrés), Guillermo Henrique Gómez, resaltó que la SIC quiera hacer más precisa la lectura del consumidor frente a la oferta de los establecimientos, pues esto resulta positivo al retomar normas vigentes (Ley 1480 de 2011 o estatuto del consumidor) que obligan a los negocios a ser explícitos y claros con los clientes.

“Con esto se evitan inconvenientes innecesarios con los clientes”, enfatizó el dirigente gremial, quien recordó que por la pandemia los restaurantes y gastrobares adoptaron el menú digital, el cual fue una alternativa de emergencia para contener el covid.

Desde mayo la SIC ya les había recordado a estos establecimientos, que superada la pandemia, esa medida excepcional no podía prevalecer y que era pertinente regresar a la información de precios física (ver Para saber más).

“Ahora no es que se esté prohibiendo el código QR, este se puede seguir manteniendo, pero el restaurante debe tener visible una carta de precios para que cualquier consumidor antes de tomar una decisión la vea y se informe detalladamente”, añadió Gómez.

En ese escenario, la SIC anotó que el uso de medios tecnológicos es facultativo y no sustituye la obligación de hacer visibles los precios.

“Si se elige el sistema de carta de precios, por lo menos una debe ser visible a los consumidores de tal forma que puedan consultarla antes de ingresar al establecimiento”, se consignó en la actualización de instrucciones de la superintendencia.

Otro aspecto en el que hizo hincapié la autoridad es que para la visualización de los precios, los establecimientos no pueden exigirles requisitos adicionales a los consumidores, como, por ejemplo, registrarse en páginas web, proporcionar datos personales o conceder permisos de acceso a aplicaciones.

Tampoco se deben usar textos, imágenes o elementos que induzcan en error al consumidor sobre el precio del producto, como lo son, por ejemplo, anuncios en decenas o centenas con aclaraciones del tipo “precios en miles de pesos colombianos” o “20K”; o utilizar expresiones indeterminadas como “según el tamaño” o “según el peso”; o el uso de palabras que no correspondan al idioma castellano.

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