En Colombia, cada vez son más las personas que viven en arriendo y menos los que tienen casa propia. En 2023, de un total de 18 millones de hogares, el 39,5 % tenía casa o apartamento, mientras que el 40,3 %, se estima que vivían en arriendo, de acuerdo con el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE). Y, para cumplir el sueño de tener casa propia, las personas han ido optando por comprar y construir en lotes, especialmente, en áreas rurales. De hecho, en el marco de la pandemia, se calculó que la búsqueda de lotes rurales en el primer trimestre del 2021 creció un 20 %, frente al mismo periodo del 2020, según FincaRaíz.
Bajo este marco, y con el objetivo de fomentar la vivienda propia, la Caja de Compensación Familiar Compensar otorga un subsidio dirigido a los trabajadores, rurales o urbanos, que están afiliados, que son propietarios de un lote en Bogotá o municipios aleñados, y que anhelan construir su vivienda familiar en esta zona. Para vivienda urbana, la ayuda económica puede ser de hasta 18 salarios mínimo legal vigente (SMMLV), mientras que para la vivienda rural el valor asciende hasta 70 SMMLV.
Nancy Poveda, es una madre de dos hijos beneficiada con este subsidio. Su madre, como herencia, le dejó un predio en Saboyá, Boyacá. “Mi vida cambió porque ahora tengo una vivienda digna y propia donde siempre soñé construirla. Me siento motivada, con muchos proyectos, porque es una vivienda en el campo donde tenemos un emprendimiento con mi hijo”, señala Nancy. Como ella también está Brayan Fresneda, un joven de 20 años quien, gracias a este beneficio económico, vive actualmente en su casa propia junto con su madre y su abuelo en Carmen de Carupa en Cundinamarca “Nosotros tuvimos durante varios años un predio con una casa que no cumplía con las mejores condiciones, pero ya es un sueño cumplido el poder tener un nuevo inmueble en nuestro terreno”, afirmó el joven.
Requisitos y procedimiento para acceder al subsidio
Para los interesados en este beneficio, existen diversos requisitos tanto del predio como del grupo familiar. Respecto al predio: el lote debe encontrarse en un lugar legalizado, y estar habilitado para construcción de vivienda; no debe presentar ningún riesgo ni estar en zona de preservación natural; debe ser de propiedad del trabajador afiliado o de alguien del grupo familiar postulante; debe contar con disponibilidad inmediata y total de servicios públicos (agua y luz); y se necesita la licencia de construcción. Para lotes rurales, no debe hacer parte de condominios vacacionales.
Sobre el grupo familiar, es necesario: ser afiliado a la Caja de Compensación de Compensar como cotizante y, para vivienda rural, debe ser trabajador rural o algún integrante familiar; postular a todos los integrantes del grupo familiar que comparten el mismo espacio habitacional; tener ingresos familiares iguales o inferiores a (4) salarios mínimos legales vigentes; no ser propietarios de más de un lote diferente al inscrito; no haber sido beneficiario de un subsidio familiar de vivienda de orden nacional; y tener recursos complementarios (ahorro, crédito, cesantías, entre otros) mínimo del 10 % del valor de la solución de vivienda.
“Para muchas personas, es un sueño tener una vivienda propia. Un gran paso es la adquisición de un terreno, sin embargo, la construcción supone una carga presupuestal extra que termina haciendo que muchas personas duren años con un predio sin construir o con una unidad habitacional que no cumple con estándares básicos para su calidad de vida. Por eso, desde la Caja de Compensación de Compensar ofrecemos esta ayuda que tiene, como fin último, generar bienestar en las personas y en su grupo familiar”, añadió Miguel Rodríguez, Coordinador de Vivienda de Compensar.
Quienes estén interesados deben llenar un formulario de inscripción para que Compensar valide el cumplimiento de requisitos tanto del afiliado y el grupo familiar postulante, como del predio. Luego, el beneficiario deberá seleccionar un constructor oferente aliado quien acompañará todo el proceso técnico de la solicitud. Con el subsidio aprobado, el constructor oferente deberá expedir las pólizas para la ejecución de la obra y, finalmente, se realiza la entrega de la vivienda al beneficiario.