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Nuevo sistema de descuentos a salud en pensiones amenazan con reducir la capacidad adquisitiva de pensionados

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A largo plazo, los pensionados que reciben entre 1 y 2 SMMLV, terminarán recibiendo cerca de un salario mínimo por los inequitativos descuentos en materia de salud.

Desde 2019, mediante la denominada Ley de “Crecimiento Económico”, en Colombia se incluyó una modificación al artículo 204 de la Ley 100 de 1993, que regulaba de forma gradual la cotización mensual en salud por parte de los pensionados, de tal manera, que los que recibieron menos ingresos, pagarán un porcentaje mucho más bajo a partir de este año.

Así las cosas, las personas que reciben 1 SMLMV se les descontará un 4%, los que reciben entre 1 SMMLV y 2 SMMLV se les descontará un 10% y los que ganen más de 2 SMMLV un 12%.

Y aunque a primera vista es una ley favorable para los pensionados con menos ingresos, expertos en la materia como Juan Carlos González, Asociado Director del equipo de Derecho Laboral & Pensión en CMS Rodríguez-Azuero, advierten que en la práctica, son varias las problemáticas que se generan con la aplicación de esta normatividad, en materia de equidad.

Si se revisa el monto mínimo de una pensión para el año 2022, el porcentaje de pensión se incrementó en un 10,07% para las pensiones de un salario mínimo. Sin embargo, lo que se debe analizar es el neto recibido por cada pensionado.

En este análisis, González explicó que cada pensionado por un salario mínimo en Colombia, que en el régimen de prima media es casi el 50% del total de pensionados, incrementó su ingreso neto en un poco más que 124 mil pesos mensuales en 2022. “Ahora, supongamos que el año pasado devengara 953 mil pesos, que para 2021 era un poco más que el salario mínimo, este pensionado en 2022, recibirá como suma neta un monto inferior a lo que recibe una pensión mínima”, señaló.

Con este panorama, González dijo que resultaría más conveniente pensionarse con un salario mínimo, a recibir una mesada ligeramente superior a 1 SMMLV.

«Los nuevos descuentos a salud para pensionados no resultan equitativos, lo que causa una gran contradicción respecto de los principios reguladores del sistema. No resulta  proporcional, ni lógico, una disposición que causa que una persona que perciba una pensión superior a 1 SMMLV reciba un ingreso neto inferior respecto a aquellos otros que se pensionaron con una pensión mínima. La aplicación del beneficio debió efectuarse de forma gradual”, indicó.

Aunque muchas personas celebraron el aumento del salario mínimo que fue calificado como histórico, en la práctica, ésta medida conllevaría según el experto a que el porcentaje de pensionados en Colombia con pensión mínima aumente de forma acelerada.

Actualmente, las mesadas entre el rango de 1 a 2 SMMLV en Colombia suponen cerca del 25% total de los pensionados en Colpensiones.

«El sistema pensional requiere de una reforma de fondo, que atienda los principios de equidad, sostenibilidad fiscal y previsibilidad. No tiene sentido introducir disposiciones que desequilibren la proporcionalidad del sistema, pues los beneficios otorgados no deberían generar brechas entre los beneficiarios de las prestaciones otorgadas por nuestro ordenamiento jurídico”, concluyó.

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