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Caja de Compensación Compensar ofrecerá $2.135.250 para quienes se queden sin empleo: ¿cómo reclamarlo?

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Business person giving partnership agreement to coworker

El desempleo continúa siendo uno de los principales retos para la sociedad colombiana. Los últimos datos publicados por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) revelan que el desempleo en el país cerró el 2024 en 9,1 %, lo que significa que 2,3 millones de personas aún no están vinculadas a un empleo. Aunque esta cifra representa una leve mejoría respecto al 2023, también refleja los desafíos que persisten en el mercado laboral y su impacto en la calidad de vida de los colombianos.

Bajo este contexto, y con el objetivo de alivianar las necesidades de la población Cesante, la Caja de Compensación Compensar anunció que, para 2025, el subsidio de desempleo quedó fijado en 1.5 salarios mínimos, lo que equivale a $2.135.250. Este apoyo económico se desembolsará directamente a la cuenta del beneficiario en cuatro cuotas: un primer pago del 40 %, el segundo del 30 %, el tercero del 20 % y el cuarto del 10 %. Además, este subsidio incluye aporte a salud y pensión sobre 1 salario mínimo durante seis meses.

Al respecto, Michel González, especialista de Mercadeo y Subsidio de Compensar señala que “El objetivo de este subsidio es acompañar a las personas en un momento de necesidad. Hemos logrado impactar positivamente en muchos beneficiarios y sus familias. Por ello, en 2025, la invitación es para aquellas personas que han quedado cesantes y necesitan un colchón financiero, ya que en Compensar contamos con alternativas que pueden ayudarlos, y que, no solo incluyen asistencia monetaria, sino también un acompañamiento integral en su búsqueda de empleo”.

Desde la Agencia de Fomento y Empleo de Compensar se otorga un beneficio adicional para que la población cesante pueda conseguir un nuevo empleo. Este incluye la orientación profesional para mejorar las entrevistas de trabajo, capacitaciones en habilidades técnicas y blandas, orientación para fortalecer el perfil laboral y asesoría sobre la búsqueda y revisión de ofertas laborales.

¿Cómo obtener el Subsidio de Desempleo?

Los requisitos para obtener esta contribución son: 

  • Estar en situación de desempleo (sin recibir ningún tipo de ingreso mensual).
  • No estar afiliado como cotizante a una EPS o Caja de Compensación.
  • Haber realizado aportes a cualquier Caja de Compensación durante los últimos tres años así:
  1. Trabajadores dependientes: un año (360 días) continuos o discontinuos.
  2. Trabajadores independientes (aportes del 2%): dos años (720 días) continuos o discontinuos.
  • Estar inscrito en la Agencia de Empleo y Fomento Empresarial de Compensar.
  • No haber recibido el beneficio durante los últimos tres años.

El solicitante debe llenar el formulario en: https://corporativo.compensar.com/subsidio/subsidio-de-desempleo. Allí deberá incluir algunos documentos como la copia legible del documento de identidad, certificación de terminación de contrato y la certificación bancaria. Una vez aprobada la confirmación del subsidio, el beneficiario debe completar el 100 % de los cursos programados para evitar la suspensión del beneficio.

Ahorro de cesantías: Un beneficio poco conocido 

Con objetivo de otorgar un apoyo económico adicional para las personas que quedan desempleadas, Compensar anunció que existe un beneficio que permite realizar un ahorro voluntario de las cesantías. Con esta alternativa, el beneficiario recibirá un valor económico proporcional al monto del ahorro, más los rendimientos obtenidos en el Fondo de Cesantías y, sobre ese valor, el FOSFEC le reconocerá un porcentaje adicional.

Para acceder a este beneficio, el trabajador debe manifestar voluntariamente que las cesantías que tiene en el Fondo de Cesantías o las que se vayan a causar por parte del empleador sean destinadas al Mecanismo de Protección al Cesante. Además, debe haber ahorrado durante al menos un año y autorizar un porcentaje específico de ahorro en relación con su salario mensual. Este incentivo se hará efectivo en el momento en el que la persona quede cesante y cumpla con dichas condiciones.

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