Luis Ángel Montealegre, habla de la importancia de la protección de los derechos de autor y las regalías para que todos los artistas de nuestro país reciban lo justo.
La infracciòn a los derechos de autor se produce cuando existe un manejo irregular de las creaciones u obras tuteladas y protegidas por la legalidad, para provecho propio o para realizar explotación económica de las mismas; ahora bien, esta conducta no se limita a un solo tipo de comportamiento, sino por el contrario, se puede incurrir en ella, a través de diversas conductas, tales como, publicar, transformar, mutilar, reproducir, comercializar, alquilar, distribuir, entre otras(texto tomado de página web asesoríapenal247.com). Este tipo penal se puede presentar en muchos casos por ignorancia, toda vez que, uno de los eventos en los que más se da este supuesto, corresponde al plagio en las tesis universitarias, donde se transcriben los argumentos expuestos por los autores taxativamente, es decir, como se encuentran en sus obras, o usan un parafraseo, sin que se realice una cita bibliográfica.
A nivel de industria musical el abogado experto Angel Montealegre manifiesta que la infracción a los derechos de autor se ha vuelto una conducta recurrente dentro de la industria musical y del entretenimiento sobre todo en los ambientes digitales donde las personas del común e incluso artistas, compositores y/o productores con pleno conocimiento de la infracción o sin él suben contenido digital ( Canciones, obras literarias, obras musicales) sin contar con la autorización y/o licencia de los legítimos titulares de las creaciones artísticas.
Es importante señalar que absolutamente nadie puede fijar, publicar, transformar, mutilar, distribuir o comercializar obras artísticas sin la autorización de su legítimos titular sea persona natural o jurídica y que el uso no autorizado de una obra musical, un fonograma u una obra artística constituye un delito a la luz de la legislación penal de Colombia tal como lo estipula el artículo 271 del código penal colombiano la cual la violación a los derechos patrimoniales de autor y derechos conexos podría consolidar una pena privativa de la libertad de 4 a 8 años y una multa de veintiséis a mil salarios mínimos legales vigentes. De esta manera incluso subir una canción por gusto a plataformas como youtube puede constituir un delito y una grave infracción a los derechos de autor y los derechos conexos.