Con ocasión de las audiencias de imputación y medida de aseguramiento en el
denominado caso LILI PINK, la defensa liderada por los abogados Andrés Eduardo
Jiménez Camargo, Juan David Bazzani Montoya y Laura Kamila Toro Peña informa
a la opinión pública:
- Tras analizar los más de 1.500 archivos (4GB) trasladados por la Fiscalía, la
defensa ratifica: no existe prueba de contrabando. Sin contrabando, no es
jurídicamente posible imputar lavado de activos ni enriquecimiento ilícito. - Las propias respuestas de la DIAN a la Fiscalía confirman que la mercancía
ingresó por puertos autorizados, mediante intermediarios vigilados y
cumpliendo la normativa aduanera. - Entre mayo y septiembre de 2023 la DIAN visitó la compañía y tras revisar
menos del 1% de la mercancía objeto de fiscalización, decomisó la totalidad
de la misma que correspondía a más de 3.000.000 de prendas avaluadas en
$54.000 millones. La compañía ratifica que la mercancía contaba con toda la
documentación exigida por la regulación vigente. - Por estos abusos de autoridad, en 2023 la compañía presentó una denuncia
penal ante la Fiscalía General de la Nación y demandó los actos
administrativos del decomiso expedidos por la DIAN ante el Consejo de
Estado. - En enero de 2026 la compañía detectó que la mercancía decomisada en 2023
estaba siendo comercializada ilegalmente en tiendas no autorizadas y sin
vínculo con la marca LILI PINK. Por estos hechos se interpusieron dos nuevas
denuncias penales. - A la fecha, la Fiscalía no ha avanzado en las denuncias presentadas por la
compañía en 2023 y 2026. - Las graves fallas de la investigación han sido confirmadas por tres jueces de
control de garantías diferentes, quienes han declarado la ilegalidad de varios
actos de investigación en las últimas semanas.
La defensa continuará actuando en todas las instancias para mantener la
presunción de inocencia de las personas involucradas y salvaguardar su buen
nombre a través de una defensa técnica, rigurosa y permanente hasta el
esclarecimiento total de los hechos.