Empieza el segundo semestre del año y con este, la época en la que un importante número de personas naturales en Colombia se preparan para presentar y pagar, si les corresponde, la declaración de renta correspondiente al año gravable 2020. A partir del próximo 10 de agosto y hasta el 20 de octubre de 2021, las personas naturales con un patrimonio superior a $160.232.000 al cierre del año 2020, quienes hayan obtenido ingresos iguales o superiores a $49.850.000 o personas que realizaron compras y consumos totales superiores a $49.850.000 durante el año pasado, tienen que cumplir con esta obligación tributaria; solo es necesario cumplir con un escenario de estos para estar obligados a declarar.
Sin embargo, la ley en Colombia permite hacer uso de algunas deducciones en la declaración de renta otorgando beneficios tributarios de hasta el 40% de la base gravable sobre la que se calcula el impuesto de renta en cédula general. Para optimizar la declaración de renta y lograr una deducción en el pago de dicho impuesto, tyba la plataforma digital que presta asesoría financiera, comparte los siguientes mecanismos que ofrece la ley a todos los colombianos contribuyentes, para tener en cuenta en las próximas fechas:
Dependientes: Si es asalariado y actualmente tiene una persona que depende económicamente de usted y, además, cumple con las características establecidas por la ley, podrá obtener hasta el 10% de deducción mensual de sus ingresos, teniendo un límite de $1.162.000 mensuales y/o $13.942.000 anuales.
Pagos por medicina prepagada: Si usted cuenta con el servicio de medicina prepagada que la paga usted mismo y no como una contraprestación adicional de su contrato de trabajo, este gasto le ayudará a deducir su declaración de renta. El límite de este gasto no debe superar los $581.0000 mensuales y/o $6.791.000 anuales.
Donaciones: Ayudar a los demás también puede traer algunos beneficios extra y este es el caso con los alivios tributarios que disminuyen el monto a pagar en la declaración de renta. Las donaciones deben realizarse a entidades registradas en el régimen tributario especial, en las que se encuentran: fundaciones, iglesias, partidos políticos y entidades legalmente constituidas. Actualmente, esta acción otorga hasta el 25% de descuento del valor donado, pero es necesario tener la certificación correspondiente.
Aportes a cuentas AFC (ahorro para el fomento de la construcción): Estas cuentas de ahorro están dirigidas únicamente para compra de vivienda y por lo tanto, el dinero debe ir destinado únicamente a este fin para mantener el beneficio tributario, pues cada aporte que realice serán descontados en el cálculo del impuesto de renta. Si usted desea hacer uso de este con otro propósito, tenga en cuenta que cada aporte debe tener una antigüedad como mínimo de diez años. La deducción en este tipo de cuentas es de hasta el 30% de sus ingresos tributarios anuales siempre y cuando no exceda el valor de $137.970.000.
Aportes a fondos de pensión voluntaria: Actualmente, estos aportes tienen como objetivo principal complementar la pensión y de esta manera, lograr una mejor mesada pensional. Sin embargo, estos fondos pueden generar diferentes beneficios como la optimización tributaria con las mismas condiciones que las AFC. Entre las condiciones para cumplir con dicho beneficio es que estos ahorros estén dirigidos para la adquisición de vivienda, pagar crédito de vivienda o leasing habitacional. O también, si quiere utilizar el capital para algo diferente a pensión o vivienda, para mantener el beneficio tributario, el dinero debe cumplir 10 años invertido; cada aporte independientemente.
Para las personas optimizadas tributariamente, este tipo de fondos se consideran como una muy buena alternativa a la hora de ahorrar, ya que, a través de inversiones, el dinero puede verse beneficiado por el interés compuesto a largo plazo y por lo tanto maximizar las posibilidades de una mejor rentabilidad.
Los fondos de pensiones voluntarias invierten en distintos tipos de activos financieros de renta fija o renta variable, como los bonos o las acciones; de esta manera se diversifica la inversión. En la actualidad, con tyba se puede acceder al FPV (fondo de pensiones voluntarias) de Credicorp Capital Fiduciaria, una entidad vigilada por la SFC (Superintendencia Financiera de Colombia) y que hace parte de uno de los Holdings Financieros más relevantes de la región: el Grupo Credicorp. Con esta opción, el usuario puede acceder a diferentes estrategias de inversión dependiendo de su perfil de riesgo y el plazo que elija para su meta. El beneficio de los aportes es de hasta el 30% de los ingresos anuales sin superar los $137.970.000 de pesos.
Por último, vale la pena resaltar que el total de las deducciones en la declaración de renta para personas naturales, no puede sobrepasar el 40% de sus ingresos tributarios anuales.