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Decreto 0572 de 2025 de Retención en la Fuente impacta el sector inmobiliario y afecta el mercado de vivienda NO VIS 

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Categoría: Análisis
Mario Ramírez

Fedelonjas reitera su disposición para acompañar a sus afiliados en la adecuada implementación de estas medidas e invita a todos los actores a revisar su situación tributaria y ajustar sus procesos contables y comerciales.

La Federación Colombiana de Lonjas de Propiedad Raíz (Fedelonjas) informa su preocupación por las implicaciones que genera el Decreto 0572 del 28 de mayo de 2025, a través del cual se modifican las tarifas de autorretención en la fuente aplicables a diferentes actividades económicas. La norma introduce dos modificaciones normativas que afectan directamente la actividad de corretaje, gestión y compraventa de bienes inmuebles. 

Fedelonjas, como gremio nacional que agrupa a las lonjas de propiedad raíz y a los profesionales del sector inmobiliario, solicita la revocatoria inmediata del Decreto 0572 de 2025. Nos sumamos a las múltiples voces de inquietud expresadas por empresarios, líderes gremiales y expertos tributaristas, quienes señalan que la medida impactará negativamente el crecimiento económico del país. 

La primera implicación para el sector es el incremento en la tarifa de autorretención para actividades inmobiliarias, especialmente para quienes se dedican al corretaje en compraventa de bienes inmuebles; administración de inmuebles de terceros; gestión de arriendos por cuenta de propietarios; y servicios profesionales de avalúo, consultoría y estudios de mercado inmobiliarios. 

El segundo impacto es la reducción del umbral exento de retención en ventas de vivienda. Si bien estos cambios buscan adecuar el marco tributario a las necesidades actuales del sistema fiscal, representan retos significativos para el sector inmobiliario. 

“Invitamos a todos los actores a revisar su situación tributaria y ajustar sus procesos contables y comerciales. Así mismo, continuaremos el diálogo con las autoridades competentes para mitigar los efectos adversos y buscar mecanismos de alivio que promuevan la formalidad y sostenibilidad del sector”, expresó Mario Ramírez, presidente de Fedelonjas. 

Un análisis de Fedelonjas muestra que uno de los efectos del Decreto 0572 es que aumenta la carga tributaria anticipada. A partir del 1 de junio de 2025, se eleva la tarifa de autorretención en la fuente para las actividades clasificadas bajo el código CIIU 6820 (actividades inmobiliarias por retribución o contrato), pasando del 1.1% al 3.5%. Los principales impactos de esta modificación serán: mayor carga tributaria anticipada, lo cual puede afectar la liquidez, especialmente de pymes y profesionales independientes; necesidad de ajustes contables y financieros, incluyendo tarifas, comisiones y sistemas de facturación; posibles desequilibrios en la formalización del sector, al aumentar el incentivo para operar informalmente; y acumulación de saldos a favor en renta, que obligará a realizar solicitudes ante la DIAN, con trámites adicionales.

La segunda modificación cambia el artículo 1.2.4.7.5 del Decreto 1625 de 2016, reduciendo el valor exento de retención en la fuente del 2.5% para ventas de vivienda, lo cual implica que más operaciones residenciales quedarán sujetas a esta retención al momento de la escritura pública. Los principales impactos de esta modificación serán: ralentización del mercado de vivienda NO VIS, especialmente en estratos medio y alto. Aumento de la retención en operaciones entre particulares, incluso sin ánimo comercial. Carga operativa adicional para notarías y fiduciarias, que deberán aplicar correctamente los nuevos criterios de retención.

Desde Fedelonjas, reiteramos nuestro compromiso con la defensa de los intereses del sector inmobiliario formal y nuestra disposición para acompañar a nuestros afiliados en la adecuada implementación de estas medidas.

Fedelonjas hace las siguientes recomendaciones para las empresas del sector. 

  1. Verificar y actualizar su código CIIU en el RUT: Confirme si su empresa o actividad está registrada bajo el código 6820, y si está obligada a practicar autorretención.
  2. Revisar contratos y flujos financieros: Incluya en sus contratos comerciales cláusulas que contemplen la nueva tarifa de autorretención o retención en la fuente, y anticipe su efecto en las negociaciones y utilidades.
  3. Informar a clientes y aliados: Es recomendable que las empresas del sector desarrollen material informativo o comunicados a compradores y vendedores explicando estas modificaciones, para evitar confusiones al momento de cerrar transacciones.
  4. Capacitar al personal contable y jurídico: Los equipos de facturación, asesoría legal y gestión inmobiliaria deben estar al tanto de estos cambios para asegurar su aplicación correcta y oportuna.
  5. Evaluar el impacto tributario en la declaración de renta: La acumulación de autorretención puede derivar en saldos a favor. Se recomienda tener estrategias de compensación tributaria con asesoría especializada.
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