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Desde 2026 nuevos impuestos buscan cerrar hueco fiscal de $11,1 billones

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  • El conjunto de medidas extraordinarias, adoptado mediante el Decreto 1474, entrará en vigor el 1 de enero de 2026 para enfrentar la crisis fiscal del país, afectando a personas naturales con patrimonios desde $2.095 millones, al sector bancario con una sobretasa del 15% y al consumo masivo mediante aumentos en el IVA, entre otros.

El Gobierno Nacional declaró el Estado de Emergencia Económica y Social en todo el país con el fin de atender una crisis fiscal estimada en $11,1 billones, que compromete la disponibilidad de recursos para el funcionamiento del Estado y la prestación de servicios públicos esenciales. La declaratoria se realizó mediante el Decreto 1390 de 2025, el cual otorga facultades extraordinarias al Ejecutivo para adoptar medidas urgentes.

En desarrollo de esta declaratoria, el Gobierno expidió el Decreto 1474 de 2025, a través del cual se establecen medidas tributarias transitorias que comenzarán a aplicarse a partir del 1 de enero de 2026. Estas medidas afectan a personas naturales de alto patrimonio, a ciertos sectores económicos y a bienes y servicios de consumo masivo.

“La declaratoria de emergencia económica plantea retos importantes para los contribuyentes, no solo por el impacto económico de las medidas, sino también por los cuestionamientos que surgen frente a su justificación constitucional, dado que el déficit fiscal y las presiones presupuestales eran previsibles”, señaló Juan Sebastián Torres, Tax Lead Partner de BDO Colombia.

En el caso de las personas naturales, el decreto reduce el umbral a partir del cual se causa el Impuesto al Patrimonio, que pasa a aplicar desde $2.095 millones. La tarifa será progresiva y dependerá del valor del patrimonio líquido poseído al inicio del año 2026.

Para el sector financiero, se incrementa la sobretasa en el impuesto sobre la renta, lo que eleva su carga tributaria total al 50%, junto con la obligación de realizar un anticipo del impuesto con base en el año gravable 2025. De igual forma, las empresas de los sectores de hidrocarburos y carbón deberán pagar un nuevo impuesto del 1% sobre sus ventas o exportaciones y no podrán descontar las regalías como gasto en su declaración de renta durante 2026, salvo algunas excepciones taxativamente consideradas en la norma.

Desde el punto de vista del consumo, el decreto incrementa al 19% el IVA aplicable a licores, vinos y aperitivos, así como a las apuestas operadas por internet. También se eleva el impuesto al consumo de motocicletas y embarcaciones de recreo, y se reduce el beneficio de exención de IVA para compras por internet desde el exterior, limitándolo a envíos de hasta USD 50.

Adicionalmente, se modifica el impuesto al consumo de cigarrillos, estableciendo un valor fijo por cajetilla, y se introduce una amnistía tributaria temporal que permite reducir sanciones e intereses para quienes tengan obligaciones pendientes hasta el 31 de diciembre de 2025, siempre que se pague el impuesto adeudado dentro de los plazos establecidos. Así mismo, el decreto faculta a la DIAN para conciliar procesos contencioso administrativos en materias tributarias, aduaneras y cambiarias otorgando reducción de sanciones bajo ciertas condiciones.

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