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¿Ha recibido criptomonedas y no sabe si por estos pagos debe declarar impuestos? ¡Ojo! a lo que dicen los expertos

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El próximo mes arranca la presentación de la declaración de renta en Colombia, una obligación fiscal que tendrán que asumir más de 5 millones de personas en todo el país. 

La adopción de monedas digitales en Colombia sigue creciendo; de hecho, actualmente se calcula que cerca de 5.6 millones de personas realizan en el país operaciones con Bitcoin y Ethereum por más de $70.000 millones mensuales (cifras del Global Crypto Adoption Index), eso sin contar que los salarios y honorarios que se pagan con este tipo de activos también se incrementaron entre un 2 % y 5% en el último año (datos de la plataforma Deel).

Pese a la acogida de las criptomonedas y su creciente popularidad en el país, aún su regulación sigue en veremos; sin embargo, en materia de tributación se continúa avanzando.   

Andrés Gómez, country Manager en Colombia de la Fintech CryptoMKT, explica cómo se deben pagar los impuestos al momento de hacer la declaración de renta de estos activos virtuales, sobre todo si se reciben sueldos u honorarios en cripto. Información clave para el bolsillo si además se tiene en cuenta que entre agosto y octubre los ciudadanos deberán iniciar con el proceso de esta declaración, sobre todo aquellos que en 2023 acumularon un patrimonio bruto superior a $190.854.000, tuvieron ingresos totales superiores por $59.376.800 (un promedio de sueldo, honorarios o ventas de $4.900.000 al mes) o hicieron compras en tarjeta de crédito por más de $59.377.000 o este mismo valor por consignaciones bancarias.

Según Gómez, pese a que en Colombia las criptomonedas no son reconocidas como una moneda legal, estas divisas digitales sí se consideran activos. “De hecho, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) ha emitido orientaciones respecto a la tributación de las cripto, estableciendo que las transacciones que deben ser reportadas y pueden estar sujetas a impuestos”, explica.

Asimismo, “estos activos virtuales, como lo denominan algunas autoridades, están definidas como bienes inmateriales, de conformidad con múltiples conceptos de la DIAN, por lo que, las personas residentes en Colombia, quienes tengan en sus billeteras digitales o en sus cuentas en plataformas de intercambio un saldo en criptomonedas, deberán contarlas como parte de su patrimonio al momento de realizar su declaración de renta”, agrega Gómez.  

Dos consideraciones clave para declarar las monedas digitales

  1. Impuesto de renta: Las ganancias obtenidas a través de la compra y venta de criptomonedas están sujetas a este tributo. “Esto significa que, si una persona o una empresa obtiene beneficios de la venta de activos virtuales, estos deberán ser declarados ingresos y estarán sujetos a la tasa de impuesto sobre la renta correspondiente”, aclara el experto.
  • IVA (Impuesto al Valor Agregado): En principio, las criptomonedas no están sujetas a este tributo, ya que no se consideran bienes o servicios gravados. No obstante, “si una organización vende productos o servicios y acepta estas divisas digitales como parte o forma de pago, esa facturación sí estará sujeta con IVA”, añade Gómez.  

Gómez concluye que esta normativa fiscal tiene implicaciones significativas para el mercado de criptomonedas, generando tanto oportunidades como desafíos. “Para el Estado, representa una fuente potencial de ingresos y una herramienta para mejorar la transparencia financiera. En cuanto a las personas, implica una mayor responsabilidad tributaria, pero también una mayor seguridad en sus inversiones”.

A pocos meses de iniciar el proceso de declaración de renta en Colombia, que tendrán que presentar unas 5.5 millones de personas, es esencial mantenerse informado sobre las leyes y regulaciones vigentes para cumplir con las obligaciones fiscales, más aún si en algún momento se han recibido criptomonedas como forma de pago de algún producto o servicio.  

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