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La propina voluntaria, una forma de proteger al consumidor

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Categoría: Opinión
TANNIA-VALENZUELA--17-de-marzo

Por: Tannia Valenzuela

Abogada

Universidad Libre

Con frecuencia, cuando salimos a comer a algún restaurante, asumimos que al pagar la cuenta siempre vendrá incluido un costo adicional denominado “servicio o propina”, en Colombia de hecho, nos apropiamos de esta situación como un deber, una carga y que puede convertirse hasta en una presión social o moral en caso de no corresponder. Sin embargo, en una decisión reciente de la Superintendencia de Industria y Comercio, se recuerda que este tipo de pagos son absolutamente voluntarios.

De conformidad con el estatuto del consumidor (Ley 1480/2011), todos los compradores de cualquier tipo de bien o servicio, deben recibir una información completa, veraz, transparente, oportuna, verificable, comprensible, precisa e idónea respecto a los productos y servicios que se le ofrecen. Es así como en cualquier restaurante siempre y previo a la entrega de la cuenta, es un deber preguntar al consumidor si quiere o no incluir el servicio en su cuenta, aclarando a su vez el porcentaje y valor del mismo.

No en vano, el Gobierno Nacional vio la necesidad de regular esta situación con la Ley 1935 del 2018, donde se establece, entre otros, y a través de su artículo 4, la obligación de preguntar al cliente antes de emitir la factura si desea o no incluir el valor de la propina, de manera que se respete la libre decisión del mismo, asegurando la información previa de los servicios o costos adicionales que puede incurrir, dado que como se indicó líneas arriba: no son obligatorios.

A pesar de esto, algunos restaurantes incluyen el valor de las propinas dentro de la cuenta sin preguntar previamente a los clientes si desean incluirla, para luego excusarse con el argumento que al generar la factura de este modo, ya no la pueden modificar o alterar y por lo tanto el servicio se vuelve obligatorio y una carga económica adicional para el consumidor.

Pero esto representa un abuso al derecho del consumidor, en tanto el proveedor del servicio o producto omite su deber de informar previamente al cliente, impidiéndole tener una libre expresión de la voluntad o la información suficiente para adoptar decisiones de consumo razonables dentro del mercado.

La voluntad como elemento esencial en un acuerdo, contrato, transacción y hasta compra en un restaurante así como el deber de información, son aspectos de suma importancia para la protección de los derechos de los consumidores, pero en los casos donde se vulneren estas garantías, debe proceder la devolución del dinero pagado por propinas incluidas y no informadas previamente.

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