La Nota Económica

Pequeños negocios como supermercados de barrio, montallantas y fruterías ahora tendrán que expedir factura electrónica por ventas mayores a los $212.000

Imagen de La Nota Económica

La Nota Económica

Business theme internet online shopping and delivery concept. Blur background of woman use computer laptop to shopping online

 A partir del 1 de junio, las tirillas impresas por las máquinas registradoras, o facturas POS, que hoy todavía emiten muchos negocios como supermercados, restaurantes y otros pequeños comercios, sólo serán válidas si equivalen a ventas menores a los $212.000 pesos. Si el monto excede esta cifra, el comerciante estará obligado a expedir una factura electrónica.

La nueva norma, que la DIAN incluye en la Resolución 1092 del primero de julio de 2022, permite también, seguir entregando la tirilla POS,  en el caso que las ventas sean inferiores a esta cifra puntual, que equivale a 5 UVT, antes del IVA, teniendo en cuenta que la UVT fijada para 2023 es de $42.412.

Según Guillermo Berrío, socio de Business Process Outsourcing (Tercerización de procesos de negocios) de Crowe Colombia, firma de servicios profesionales de auditoría, asesoramiento legal y fiscal para el sector empresarial, “desde ahora, es muy importante que tanto los grandes contribuyentes, así como los declarantes del impuesto de renta que no entran en la categoría de grandes contribuyentes, los no declarantes de renta, y todos los demás sujetos, que no tengan ninguna de las calidades antes mencionadas, observen esta norma porque será de obigatorio cumplimiento”

“Ahora, todos ellos deben tener en cuenta esta norma para su declaración de renta en el año próximo pues a partir de esta vigencia solo pueden ser objeto de deducciones, los gastos registrados formalmente mediante el documento de factura electrónica”, asegura el experto de Crowe.

Teniendo en cuenta el monto mencionado, correspondiente a los 5 UVT, ya entró en vigencia desde el 1 abril, para los declarantes del impuesto sobre la renta y complementarios, y declarantes de ingresos y patrimonio sin la calidad de grandes contribuyentes, y que sean obligados a facturar electrónicamente.

“El grupo de abril es el segundo de los que están obligados a facturar con estas características mientras que el primero fue el de los llamados Grandes Contribuyentes, quienes han debido aplicar dicho límite desde el pasado 1 de febrero, mientras el cuarto grupo, el de los que no tienen ninguna de las calidades mencionadas, deben comenzar a aplicar la norma a partir del 1 de junio de 2023”, asegura el experto de Crowe Colombia.

Sobre el tiquete POS es importante destacar que quien lo recibe no adquiere el derecho a impuestos descontables en el IVA y tampoco a deducciones en el Impuesto sobre la Renta y Complementarios

Imagen de La Nota Económica

La Nota Económica

 ¿Cuánto le cuesta a una fábrica en Colombia parar operaciones?

agricultural-silos-building-exterior
En el mercado hay una campaña regional enfocada en la continuidad operativa, desarrollada a nivel regional y desplegada en toda...

Solo el 35% de las empresas sabe cuánto le cuesta generar resultados con IA

140939669-10531120
A pesar de que el 78% de las organizaciones proyecta un aumento significativo en su consumo de inteligencia artificial durante...

Colgate lidera el Brand Footprint 2026, seguida por Colanta y Coca-Cola, mientras Bimbo ingresa al Top 10 de las marcas más elegidas por los hogares colombianos

TOP10 BFP
Worldpanel by Numerator presentó una nueva edición de Brand Footprint, el ranking que identifica las marcas de consumo masivo más...

Sueño Salvaje: cuando el cacao deja de ser residuo y se convierte en oportunidad

Copia de 8de49301-95e4-49e0-a845-21e22cd12c69 (1)
En una finca cacaotera de San Isidro de Chichimene, en Acacías, nació una pregunta que terminó transformando un modelo de...

Más productos
La Nota

La Nota educativa

La Nota Empresarial

Eventos La Nota

Contacto

Lorem ipsum dolor sit amet, consectetur adipiscing elit. Ut elit tellus.
Teléfonos:
E-mail: