¿Qué se considera un riesgo laboral y quienes están obligados afiliarse?
El riesgo laboral de acuerdo a la NCH18000 es “la combinación de la probabilidad de que ocurra un daño y la gravedad de las consecuencias que produzca” en la ocurrencia de un accidente o una enfermedad en el trabajo que puedan llegar a poner en riesgo la salud y estabilidad tanto física como psicológica de los trabajadores, Gina Garcia, Abogada laboralista nos explica todo sobre este tema.
Los afiliados se dividen en dos grupos:
A. Los obligados a afiliarse al sistema de Riesgos laborales:
- Los trabajadores dependientes.
- Los jubilados o pensionados que se reincorporen como trabajadores dependientes.
- Los servidores públicos (incluye a los concejales y ediles)
- Los vinculados con contrato de prestación de servicios con una duración superior a un mes.
- Los estudiantes que deban ejecutar trabajos que signifiquen fuente de ingreso para la respectiva institución o cuyo entrenamiento o actividad formativos son requisito para la culminación de sus estudios.
- Los trabajadores independientes que laboren en actividades de alto riesgo.
- Los miembros de las agremiaciones o asociaciones cuyos trabajos signifiquen fuente de ingreso para la institución.
- Los afiliados a las Cooperativas y Precooperativas de Trabajo Asociado.
- Los miembros activos del Subsistema Nacional de primera respuesta. (Defensa Civil Colombiana, Cruz Roja Colombiana, Cuerpos de Bomberos).
- Aprendices del Sena, fase práctica. B. Los afiliados en forma voluntaria:
- Los trabajadores independientes y los informales.
- ¿Cuáles son los tipos de Riesgos Laborales?
Los riesgos laborales se clasifican por el nivel de exposición y también por los factores que los generan así:
- Riesgos Físicos:
Son los causados por contactos térmicos extremos, exposición a radiación solar, exposición a temperaturas extremas, iluminación, radiación ionizante, ruido, temperatura ambiente, vibraciones y presiones atmosféricas anormales
- Riesgos Químicos:
Estos riesgos laborales están producidos por agentes químicos no controlados y por el medio ambiente.
- Riesgos biológicos:
El riesgo biológico es aquel que surge de la exposición laboral a contaminantes biológicos (microorganismos que puedan causar daños al trabajador), y accidentes causados por seres vivos (animales e insectos)
- Riesgos ergonómicos:
Se derivan de posiciones y posturas poco adecuadas, sobreesfuerzos, manipulación de cargas, calidad de aire interior (Niveles de concentración de dióxido de carbono (CO2) en oficinas superiores a 1000 ppm genera molestias y cansancio), posiciones forzadas, puesto de trabajo con pantalla de visualización de datos, confort térmico (calor producido por el cuerpo) y movimientos repetitivos.
- Riesgos psicosociales:
Estos riesgos vienen ocasionados por factores como turnos rotativos, trabajo nocturno, trabajo a presión, alta responsabilidad, sobrecarga mental, minuciosidad de la tarea, trabajo monótono, inestabilidad en el empleo, déficit en la comunicación, inadecuada supervisión, relaciones interpersonales inadecuadas o deterioradas, desmotivación, desarraigo familiar, agresión o maltrato, trato con clientes y usuario, amenaza delincuencial e Inestabilidad emocional.
- Riesgos mecánicos:
En este, está contemplado el uso de herramientas que puede causar un accidente en el trabajador quien las manipula, atrapamiento en instalaciones, atrapamiento por o entre objetos, atrapamiento por vuelco de máquinas o cargas, atropello de golpe con vehículo, caída de personas al mismo nivel, trabajo en alturas, caída manipulación de objetos, espacios confinados, choque contra objetos inmóviles, choque contra objetos móviles, choques de objetos desprendidos, contactos eléctricos directos, contactos eléctricos indirectos, desplome derrumbamiento, superficies irregulares, manejo de explosivos, manejo de productos inflamables, , proyección de partículas, punzamiento de extremidades inferiores, inmersión de líquidos o material particulado y manejo de herramientas cortopunzantes.
- Riesgos ambientales:
Estos son los únicos que no podemos controlar, ya que son la posibilidad de que se produzca una catástrofe por una acción humana o por un fenómeno natural.
Una vez identificados los riesgos se de verificar su posible eliminación , sustitución, control de ingeniería, control administrativo y/o la utilización de equipos y elementos de protección personal.
- ¿Quién paga los riegos laborales?
- Los trabajadores deben ser afiliados por parte del empleador en la ARL que se encuentre afiliada la empresa. El empleador es el responsable del pago total de la cotización.
- En el caso de los contratista independientes lo realiza el trabajador para el riesgo I, II, y II, pero para el riesgo IV y V lo paga el contratante.
- En el caso de los afiliados voluntarios, el pago total lo realiza el independiente.
Para efectos de la seguridad y salud de los trabajadores, las empresas se encuentran clasificadas en niveles de riesgo, que oscilan entre I (riesgo mínimo) y V (riesgo máximo). Esto conlleva al pago de aportes al sistema de riesgos laborales en diferentes tarifas según el nivel de riesgo, siendo el pago mas bajo para el riesgo mínimo y el más alto para el riesgo máximo
Para el 2022, el pago de los riesgos laborales será de la siguiente manera:
Clase de riesgo Valor mínimo Valor máximo Valor inicial Valor 2022
Riesgo I | 0.348% | 0.522% | 0.696% | $ 5.220 |
Riesgo II | 0.435% | 1.044% | 1.653% | $ 10.440 |
Riesgo III | 0.783% | 2.436% | 4.089% | $ 24.360 |
Riesgo IV | 1.740% | 4.350% | 6.060% | $ 43.500 |
Riesgo V | 3.219% | 6.960% | 8.700% | $ 69.600 |