La Nota Económica

Recuperación de impuestos en tiempos de Emergencia Económica

Imagen de La Nota Económica

La Nota Económica

Categoría: Análisis

Por: Lina Toro, Gerente de Tax & Legal de PwC Colombia. 

En el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica y con el objetivo de establecer un procedimiento expedito que permitiera a los contribuyentes obtener la devolución y/o compensación de los saldos a favor del impuesto sobre la renta y el impuesto sobre las ventas de forma abreviada, el Gobierno Nacional expidió, el pasado 10 de abril el Decreto 535 de 2020.

Mediante el procedimiento introducido por el Decreto 535 de 2020, hasta tanto permaneciera vigente la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social, los contribuyentes responsables del impuesto sobre la renta y del IVA, no calificados como de alto riesgo en materia tributaria, podían obtener la autorización de devolución y/o compensación de saldos a favor mediante el procedimiento abreviado dentro de los quince (15) días siguientes a la presentación de la solicitud en debida forma en comparación a los cincuenta (50) días del procedimiento ordinario del artículo 850 del Estatuto Tributario.

El decreto en cuestión expresamente consagró la aplicación ultractiva del procedimiento abreviado para aquellas solicitudes que se encuentren en trámite al momento de la terminación de la Emergencia Sanitaria, las cuales finalizarán con este procedimiento. Sin embargo, posteriormente, mediante Decreto 807 del 4 de junio de 2020, se limitó, hasta el 19 de junio de 2020, la posibilidad de acogerse al procedimiento abreviado, definiendo esta fecha como la máxima para presentar las correspondientes solicitudes. No obstante, se dispuso que este plazo incluía aquellas solicitudes que fueron inadmitidas y que se subsanaron dentro del mes siguiente a su inadmisión de acuerdo con lo previsto por el artículo 857 del Estatuto Tributario.

Lo anterior tiene mucho sentido puesto que el mes otorgado por el artículo 857 del ET es un término en el cual se debe presentar la solicitud subsanando las causales de inadmisión, sin que ello signifique que se trate de una nueva solicitud siempre que se presente dentro del plazo dispuesto en el parágrafo 1º del citado artículo, tanto así que la norma establece que “vencido el término para solicitar la devolución o compensación la nueva solicitud se entenderá presentada oportunamente, siempre y cuando su presentación se efectúe dentro del plazo señalado en el inciso anterior”.

La DIAN en Concepto No. 902723 del 26 de junio de 2020 concluye, en la misma línea, que las solicitudes presentadas al amparo del Decreto 535 y que fueran inadmitidas podrán continuar su trámite por este procedimiento siempre que sean subsanadas dentro del mes siguiente a la inadmisión; si no se subsanarán dentro de este plazo y se presenten nuevamente serán tramitadas por el procedimiento ordinario del artículo 850 del Estatuto Tributario.

Pese a este pronunciamiento, aparentemente la posición interna de la DIAN es que las solicitudes presentadas por el procedimiento abreviado, que fueran inadmitidas y subsanadas a tiempo, pero con posterioridad al 19 de junio de 2020 NO deben resolverse ultractivamente con arreglo al Decreto 535 de 2020 y, en su lugar, se debe aplicar el procedimiento ordinario. Consideramos que esta interpretación va en contravía de lo dispuesto por el Decreto 535 y el 807, más aún cuando este último fue declarado inexequible mediante Sentencia C-394 del 9 de septiembre de 2020; y que habría lugar al reconocimiento de intereses moratorios en los términos del artículo 863 del Estatuto Tributario.

Imagen de La Nota Económica

La Nota Económica

Nueva EPS suspende mesas de trabajo con pacientes de enfermedades huérfanas tras presentar cifras que no corresponden a la realidad

Salud
FECOER rechaza la decisión de Nueva EPS de suspender indefinidamente las mesas de seguimiento de enfermedades huérfanas anunciada a los...

La CCB lanza el Clúster de Economía Plateada para impulsar nuevas oportunidades de negocio y competitividad en la región

Cortesía de la CCB
El 23,8 % de los propietarios de empresas con registro mercantil en Bogotá tiene 60 años o más, consolidando a...

Thales nombra a Carolina Navarrete Pérez como Directora General para Países Andinos

Diseño 'Opinión' - Página web
Thales, líder mundial en tecnologías avanzadas para los sectores defensa, aeroespacial, ciberseguridad y digital, nombra a Carolina Navarrete Pérez como...

Volatilidad y estrategia: momento de fortalecer y diversificar el portafolio

Volatilidad (1)
La volatilidad regresó a los mercados internacionales y, tras un periodo de fuertes valorizaciones, 2026 comenzó con correcciones marcadas por...

Día Internacional de la Mujer: participación femenina en cargos de alta dirección alcanzó un 40 % en 2025

Executive business woman in an office
● Según la ANDI, la presencia de mujeres en juntas directivas creció del 25 % al 33 % en el...

Llega a Colombia Centauro Digital, primer libro para emprendedores que usan la IA

Miguel-02 (2)
El emprendedor y creador peruano Miguel De La Roca presenta una guía práctica que derriba mitos, simplifica la inteligencia artificial...

Brecha laboral femenina cerró 2025 con más de 3 puntos de diferencia frente a los hombres en Colombia

employee-working-with-document
 Aunque las mujeres representan más de la mitad de la población colombiana, las brechas en participación laboral, ingresos y oportunidades...

Colombianos gastaron en promedio $140.273 por compras online para el Día de la Mujer

shopping-trolley-gift-near-modern-laptop
El Día Internacional de la Mujer no sólo dinamiza el consumo en el comercio electrónico colombiano, también presenta una oportunidad...

Contratar a personas con discapacidad será obligatorio en Colombia: cómo preparar a las empresas para la inclusión laboral

close-up-woman-wheelchair-working-office
La Ley 2466 de 2025 establece que, a partir del 25 de junio de 2026, las empresas con más de...

Más productos
La Nota

La Nota educativa

La Nota Empresarial

Eventos La Nota

Contacto

Lorem ipsum dolor sit amet, consectetur adipiscing elit. Ut elit tellus.
Teléfonos:
E-mail: