El registrador nacional, Hernán Penagos, anunció en rueda de prensa que dejará en manos de las altas cortes la decisión sobre la viabilidad jurídica de la consulta popular convocada por el presidente Gustavo Petro mediante decreto, prevista para el 7 de agosto de 2025.
En una rueda de prensa convocada este martes por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el registrador Hernán Penagos anunció la posición oficial del organismo frente al decreto firmado por el presidente Gustavo Petro el pasado 11 de junio, con el que se convoca a una consulta popular sobre la reforma laboral en Colombia.
Penagos explicó que la Registraduría, como órgano autónomo e independiente, no cuenta con un superior funcional dentro de la Constitución, y subrayó que su responsabilidad es garantizar la transparencia, neutralidad y confianza de los procesos electorales. “Debe quedar claro que ni el registrador nacional ni la Registraduría Nacional tienen superior funcional en la Constitución Política”, afirmó.
La decisión se toma luego de una revisión jurídica por parte del equipo de la entidad, tras la radicación del decreto presidencial y en medio de una controversia entre el Gobierno y el Congreso. El registrador señaló que hay una “controversia jurídica entre el Ejecutivo y el Legislativo” y que, por eso, será necesario que las altas cortes determinen el rumbo del trámite de consulta.
Penagos indicó que se tomarán las siguientes acciones:
Solicitar concepto ante la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado.
Remitir copia de la solicitud ante la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado.
Remitir copia de la solicitud ante la Procuraduría General de la Nación.
Solicitar de manera respetuosa a las altas cortes que se pronuncien de forma oportuna sobre las demandas interpuestas.
“El orden constitucional del país, el principio democrático y la democracia están en juego”, señaló el registrador.
La convocatoria a consulta fue negada por el Senado en su sesión del 14 de mayo de 2025. Sin embargo, el Gobierno argumentó que dicha votación presentaba vicios y posteriormente sostuvo que el Senado no se había pronunciado formalmente. A pesar de la negativa del Congreso, el Ejecutivo firmó el decreto para avanzar en la consulta, lo cual ha generado múltiples demandas judiciales.
El registrador reiteró que la entidad tendrá en cuenta la normativa del decreto presidencial, la decisión del Senado y las acciones jurídicas radicadas en tribunales. Según la Constitución, para que una consulta popular sea convocada se requiere concepto previo favorable del Senado.
El próximo paso está en manos de las cortes. La Corte Constitucional deberá revisar el contenido del decreto y, con base en su pronunciamiento, se determinará si el proceso contunúa hacia una eventual jornada electoral en agosto del próximo año.
Foto: Registraduría Nacional del Estado Civil