La Nota Económica

ABC del pago de cesantías, esto es lo que debe saber

Imagen de La Nota Económica

La Nota Económica

Categoría: Noticias
Cesantías (2)

. Cada inicio de año en Colombia se habla del pago de las cesantías a los trabajadores vinculados a través de contratos a término fijo e indefinido, que los empleadores deben realizar a más tardar el 14 de febrero. La experta en derecho laboral Ketty Margarita Guerrero, docente de la Escuela de Derecho y Gobierno del Politécnico Grancolombiano, explica todos los detalles:

¿Qué son las cesantías, para qué sirven y quiénes tienen derecho a recibirlas?

Las cesantías o auxilio de cesantías son una prestación social a la que tienen derecho todos los trabajadores dependientes, es decir, aquellos vinculados mediante contratos de trabajo (a término fijo o indefinido). Equivalen a un mes de salario por cada año de servicio, pero si una persona no ha cumplido el año, recibirá una cantidad proporcional al periodo laborado. 

La Corte Constitucional ha expuesto que este auxilio de cesantías representa un verdadero respaldo económico para el acceso a bienes y servicios, esencial para mejorar la calidad de vida de la población asalariada colombiana. Por tanto, las cesantías son un ahorro obligatorio que sirve para respaldar al trabajador en caso de desempleo. También, para invertir en vivienda y en educación superior, así como para la adquisición de acciones de propiedad del Estado.

¿Cuándo son las fechas límites de pago?

Las cesantías se liquidan a 31 de diciembre de cada año. Luego de la liquidación, el pago deberá ser consignado en el fondo de cesantías privado o público elegido por el trabajador, a más tardar el 14 de febrero del año siguiente. Ahora bien, si el trabajador es despedido o renuncia, se liquida en el momento de la terminación del contrato y el empleador deberá pagar las cesantías directamente al trabajador en esa fecha.

Además del pago de las cesantías, también se realiza el pago de los intereses sobre cesantías, que también son una prestación social correspondientes al 12% sobre el saldo consolidado de cesantías a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior. Estas deberán pagarse directamente por parte del empleador al trabajador, a más tardar el 31 de enero del año siguiente, con el salario de dicho mes.

¿Cómo se calculan las cesantías y sus intereses para 2023?

El auxilio de cesantías se liquidará con base en el último salario devengado por el trabajador, siempre que no haya tenido variación alguna durante los últimos tres meses. En caso contrario y en el de los salarios variables, se tomará como base el promedio de lo devengado en el último año de servicio o todo el tiempo servido si fuere menor de un año. Para su cálculo, se aplica la siguiente fórmula: (Salario base x días trabajados) / 360.

Es de aclarar que, para liquidar el auxilio de cesantías de aquellos trabajadores que devenguen hasta dos (2) salarios mínimos mensuales legales vigentes, deberá incluirse en la mencionada fórmula (como factor que se suma al salario base de liquidación), el valor del auxilio de transporte. Así mismo, para liquidar los intereses sobre cesantías, la fórmula utilizar es la siguiente: (Cesantías acumuladas x días trabajados x 0.12) / 360

¿Cómo se pueden utilizar las cesantías?

La principal función de las cesantías es que sean utilizadas para cubrir periodos en los que el trabajador quede cesante o desempleado. Sin embargo, también se pueden utilizar de forma excepcional si el trabajador las necesita para la adquisición, construcción o remodelación de vivienda o para la financiación de estudio del trabajador, su cónyuge, compañera o compañero permanente y/o sus hijos, en entidades de educación superior. También existe la posibilidad de utilizar dicho auxilio para la suscripción de acciones de titularidad del Estado, en los términos y condiciones establecidas en la Ley 226 de 1995.

Entre tanto, los intereses sobre cesantías constituyen un apoyo económico importante para que los trabajadores puedan solventar los distintos gastos que trae consigo el inicio de cada año.

Imagen de La Nota Económica

La Nota Económica

Cultura de alto desempeño: estrategia, no decoración

Juan Santiago Correa
Por Juan Santiago Correa Restrepo, decano Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas Universidad de Bogotá Jorge Tadeo Lozano.  Pocas palabras...

Talento en la era de la inteligencia artificial: una oportunidad para transformar las organizaciones

edicionFondo1
Hablar de talento hoy implica entender un cambio profundo en la forma en que las organizaciones atraen, desarrollan y proyectan...

Empresas en riesgo ante la nueva Ley 2573 por debilidades en la verificación de identidad digital

Imagen GatekeeperX.jpg
● La Ley 2573 de 2026 establece nuevas obligaciones para entidades financieras, operadores de telecomunicaciones y establecimientos comerciales frente a...

Llega a Bogotá un laboratorio interactivo de textiles de última generación

filmbraker-404
Hoy, la tecnología de las prendas se convierte en una necesidad funcional para quienes disfrutan, exploran y viven el territorio...

Más productos
La Nota

La Nota educativa

La Nota Empresarial

Eventos La Nota

Contacto

Lorem ipsum dolor sit amet, consectetur adipiscing elit. Ut elit tellus.
Teléfonos:
E-mail: