Más de 2.900 colombianos rechazan el decreto que destruiría empleo formal y amenaza la operatividad de los sectores productivos del país.
La consulta pública estalló advirtiendo que el proyecto excede la ley y afectaría a miles de trabajadores. En medio de un rechazo masivo sin precedentes, el proyecto de decreto sobre tercerización acumuló más de 2.900 comentarios en contra, evidenciando la profunda preocupación del país frente a sus graves efectos para el empleo formal, la estabilidad de miles de trabajadores, familias y empresas.
El proyecto:
• Destruye empleo misional formal
• Declara ilegal lo que la ley declara legal
• Afecta sectores completos de la economía
• Impone cargas desproporcionadas y discriminatorias
• Viola jurisprudencia sobre legalidad, proporcionalidad y seguridad jurídica
La Asociación Colombiana de Empresas de Servicios Temporales (ACOSET) advierte públicamente sobre las graves afectaciones legales, económicas y laborales que generaría el proyecto presentado por el Ministerio del Trabajo; la propuesta excede por completo la potestad reglamentaria, contradice normas vigentes y pone en riesgo inmediato miles de empleos formales en Colombia.
“El proyecto de decreto sobre tercerización se convirtió en uno de los más cuestionados de los últimos 5 años con la múltiple participación y en tiempo record reunió las voces de miles de trabajadores, gremios, expertos laboralistas y ciudadanos en general advirtiendo las afectaciones severas a la formalización laboral y a la operación de sectores clave de la economía”.
Miguel Pérez García, presidente ejecutivo de ACOSET, afirmó que el proyecto “crea un nuevo régimen jurídico por vía administrativa, eliminando de facto el objeto social legal de Las Empresas de Servicios Temporales (EST) y desconociendo normas de rango superior.”
GRAVEDAD DEL DECRETO:
1. El decreto elimina el objeto social de las EST y contradice la ley
El proyecto prohíbe el uso del servicio temporal para necesidades permanentes de las empresas usuarias, pese a que la ley establece que las EST apoyan precisamente actividades misionales permanentes en casos estacionales, eventuales o de reemplazo, como picos de producción, ventas, cosechas o incapacidades, entre otras.
ACOSET advierte que esta prohibición deroga tácitamente los artículos 71 y 77 de la Ley 50 de 1990, desconociendo también la reciente Ley 2466 de 2025.
2. El tope del 10% es inconstitucional, arbitrario y devastador para el empleo
El proyecto fija un límite del 10% de contratación legal de trabajadores en misión por dependencia, sin base legal ni estudio técnico que lo justifique.
El decreto afecta sectores como agroindustria, comercio, salud, logística e industria, donde las variaciones estacionales pueden requerir aumentos del 200% al 300% del personal. Con el tope, las empresas no podrían operar, lo que llevaría a pérdidas, cierres operativos y destrucción masiva de empleo formal.
Además, el Ministerio del Trabajo estaría imponiendo una restricción que solo el Congreso puede establecer, violando el principio de reserva de ley en materia económica y laboral.
3. El decreto confunde figuras jurídicas y equipara ilegalmente el servicio temporal con intermediación, además de confundir la legalidad con la ilegalidad.
El texto mezcla el servicio temporal —una actividad legal, regulada desde hace más de 30 años— con la intermediación laboral del artículo 35 del Código Sustantivo del Trabajo.
Esta confusión desconoce que el trabajador en misión tiene un empleador directo (la EST) y presta un servicio específico de colaboración al usuario, en estricta conformidad con la ley.
4. Presunción “reforzada” de laboralidad: inversión ilegal de la carga de la prueba
El proyecto presume que si un tercero cubre funciones misionales, existe una relación laboral directa. Esta figura, nueva en Colombia, invierte la carga de la prueba, viola el debido proceso y convierte a cualquier empresa en culpable hasta demostrar lo contrario.
Esto afecta derechos fundamentales consagrados en la Constitución.
5. Régimen sancionatorio desproporcionado y contrario a la seguridad jurídica
Se proponen multas de hasta 5.000 salarios mínimos, sucesivas, y medidas como suspensión de actividades o revocatoria de licencia de funcionamiento sin criterios técnicos claros.
6. La gestión algorítmica como indicio de ilegalidad: un retroceso tecnológico
El proyecto considera que el uso de herramientas tecnológicas de ruteo, asignación automática de tareas o supervisión digital es un indicio de tercerización ilegal.
Esto penaliza prácticas esenciales para la productividad moderna.
7. Violaciones constitucionales al derecho al trabajo, libertad de empresa e igualdad
ACOSET hace un llamado urgente al Gobierno Nacional
La Corte Constitucional ha sido clara: “el Estado no puede anular sectores económicos legales con reglamentos.”
“Este decreto no protege el trabajo; lo destruye, el Ministerio del Trabajo debe analizar con lupa la consulta pública, estudiar las cifras y los aportes del sector a la seguridad social, los salarios, parafiscales que le generan al país, pero sobre todo debe primear el bienestar laboral de los trabajadores formales, y las empresas que dinamizan la economía del país.”, afirmó Miguel Pérez García.