La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) modificó las fechas de vencimientos para el reporte de la información exógena tributaria por parte de las personas naturales y jurídicas, no calificadas como grandes contribuyentes, después de analizar las circunstancias de orden público y los contratiempos que han dificultado la preparación de la información.
De acuerdo a esto, la entidad expidió la Resolución 38 del 7 de mayo de 2021, y se determinó que los vencimientos para el cumplimiento de esta obligación por parte de las personas no calificadas como grandes contribuyentes iniciarán el 25 de mayo y finalizarán el 16 de junio, de acuerdo con el NIT registrado.
Para el cumplimiento de esta obligación, la entidad dispuso un sistema de presentación de información por medio de archivos, a través del portal transaccional de la entidad. Esto le permitirá a los contribuyentes, reportar la información de manera digital y en los tiempos determinados, haciendo uso de la firma electrónica.
Entre los beneficios de este sistema se pueden resaltar: la transmisión electrónica de información masiva; presentación electrónica segura de la información requerida, sin desplazamientos ni intermediarios; y garantía de origen, lo que implica que el informante es quien presenta la información y no un tercero.
La información exógena tributaria contiene los datos sobre las operaciones con clientes, proveedores o terceros de las personas naturales y jurídicas; es el insumo esencial para que la Dian implemente mecanismos de facilitación dirigidos a los contribuyentes para la presentación de su declaración de renta.
Además, la entrega de esta información permite que la entidad cuente con el tiempo suficiente para el procesameinto de los datos, el cual se tarduce en declaraciones sugeridas confiables y con la mayor cantidad de casillas pre-diligenciadas, además del archivo dispuesto para cada contribuyente con la información reportada por terceros.