A partir de este 10 de agosto y hasta el 20 de octubre de este año, las personas naturales deberán presentar su declaración correspondiente a 2020 y evitar ser sancionados por extemporaneidad, por corrección o por inexactitud.
Sin embargo, aún son muchas las dudas que se tejen alrededor del pago, los plazos y beneficios. Por esta razón Ángela González Associate Partner de impuestos para EY Colombia, y Alexandra Gnecco Associate Partner de EY Colombia, explican el paso a paso a tener en cuenta para presentar y hacer el pago de la declaración de renta:
Resolviendo dudas
Por otra parte, Freddy Velandia Sanabria, magister en Gerencia Financiera y Tributaria y profesor del programa de Contaduría de la Universidad Antonio Nariño aclara:
¿Qué es la declaración de renta?
Es un informe que deben presentar personas naturales y jurídicas ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) en el que se consignan los ingresos, egresos (costos y gastos), patrimonio, pasivos e inversiones. La información es utilizada por el gobierno para calcular si el contribuyente debe pagar impuestos y a cuánto ascienden sus obligaciones.
“Es importante y necesario tributar para el sostenimiento del Estado, esto es, para contribuir con el quehacer del Gobierno Nacional dentro de sus programas, planes de desarrollo y planes de inversión, de acuerdo con lo establecido por la Constitución Política y las normas tributarias y administrativas en Colombia y el mundo entero”, explicó Velandia.
¿Cuáles son los beneficios de declarar renta?
Declarar renta le ayudará a demostrar su capacidad económica, le servirá para hacer trámites financieros, le dará tranquilidad tributaria y le permitirá ser beneficiario de las deducciones y exenciones a que hay lugar por parte de la DIAN y el Gobierno Nacional en cuanto al manejo que le deba dar a sus finanzas y transacciones personales.
¿Existen sanciones para quienes no declaren renta?
Colombia es un país donde tributariamente se sanciona por todas las acciones u omisiones. En ese orden de ideas es posible que usted sea castigado por no presentar la declaración de renta o hacerlo en forma indebida. En el Estatuto Tributario Nacional, a partir del artículo 631, están tipificadas todas las sanciones posibles en las que se puede incurrir, entre ellas, por extemporaneidad, por corrección o por inexactitud.
¿Cuándo se debe realizar la declaración de renta?
Para las personas jurídicas, la declaración de renta y complementarios del año gravable de 2020 se debió presentar en el mes de abril de 2021, dependiendo del número del RUT. Para las personas naturales se debe tener en cuenta un calendario que está distribuido por fechas según el último digito de la cédula entre el 10 de agosto y hasta el 20 de octubre así:
Último dígito NIT | Plazo para declarar |
1 y 2 | 10 de agosto de 2021 |
3 y 4 | 11 de agosto de 2021 |
5 y 6 | 12 de agosto de 2021 |
7 y 8 | 13 de agosto de 2021 |
9 y 10 | 17 de agosto de 2021 |
11 y 12 | 18 de agosto de 2021 |
13 y 14 | 19 de agosto de 2021 |
15 y 16 | 20 de agosto de 2021 |
17 y 18 | 23 de agosto de 2021 |
19 y 20 | 24 de agosto de 2021 |
21 y 22 | 25 de agosto de 2021 |
23 y 24 | 26 de agosto de 2021 |
25 y 26 | 27 de agosto de 2021 |
27 y 28 | 30 de agosto de 2021 |
29 y 30 | 31 de agosto de 2021 |
31 y 32 | 1 de septiembre de 2021 |
33 y 34 | 2 de septiembre de 2021 |
35 y 36 | 3 de septiembre de 2021 |
37 y 38 | 6 de septiembre de 2021 |
39 y 40 | 7 de septiembre de 2021 |
41 y 42 | 8 de septiembre de 2021 |
43 y 44 | 9 de septiembre de 2021 |
45 y 46 | 10 de septiembre de 2021 |
47 y 48 | 13 de septiembre de 2021 |
49 y 50 | 14 de septiembre de 2021 |
51 y 52 | 15 de septiembre de 2021 |
53 y 54 | 16 de septiembre de 2021 |
55 y 56 | 17 de septiembre de 2021 |
57 y 58 | 20 de septiembre de 2021 |
59 y 60 | 21 de septiembre de 2021 |
61 y 62 | 22 de septiembre de 2021 |
63 y 64 | 23 de septiembre de 2021 |
65 y 66 | 24 de septiembre de 2021 |
67 y 68 | 27 de septiembre de 2021 |
69 y 70 | 28 de septiembre de 2021 |
71 y 72 | 29 de septiembre de 2021 |
73 y 74 | 30 de septiembre de 2021 |
75 y 76 | 1 de octubre de 2021 |
77 y 78 | 4 de octubre de 2021 |
79 y 80 | 5 de octubre de 2021 |
81 y 82 | 6 de octubre de 2021 |
83 y 84 | 7 de octubre de 2021 |
85 y 86 | 8 de octubre de 2021 |
87 y 88 | 11 de octubre de 2021 |
89 y 90 | 12 de octubre de 2021 |
91 y 92 | 13 de octubre de 2021 |
93 y 94 | 14 de octubre de 2021 |
95 y 96 | 15 de octubre de 2021 |
97 y 98 | 19 de octubre de 2021 |
99 y 00 | 20 de octubre de 2021 |