La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) dio a conocer que, por medio de un decreto del Gobierno Nacional, se modificó el calendario tributario para las pyme en las fechas correspondientes al impuesto de renta de ese tipo de compañías.
El decreto informa que «al margen de las manifestaciones sociales legítimas, se han presentado afectaciones en el normal desarrollo de las actividades económicas de las micro y pequeñas empresas, motivo por el cual, con el fin de contribuir a la recuperación de las mencionadas empresas se considera pertinente modificar el plazo para el pago del impuesto sobre la renta y complementarios del año gravable de 2020, estableciéndolo en una sola cuota para ser pagada en el mes de noviembre del año 2021».
De esta manera, la renta de las micro y pequeñas empresas correspondiente al año gravable 2020, deberá ser pagado en noviembre de 2021. Según el último dígito del Número de Identificación Tributaria (NIT), las pyme deberán pagar esa responsabilidad entre el 9 y 23 de noviembre.
En ese sentido, las empresas con el dígito terminado en 1 (9 de nov); para los que terminan en 2 (10 de nov); 3 (11 de nov); 4 (12 de nov); 5 (16 de nov); 6 (17 de nov); 7 (18 de nov); 8 (19 de nov); 9 (22 de nov); y terminados en 0 (el 23 de nov).