Desde 2023 hasta 2024, la tarifa del impuesto al carbón es de 0%. A partir del 2025, comenzará a aumentar gradualmente hasta alcanzar la tarifa completa en 2028.
Desde el 2016, Colombia implementó un impuesto al carbono, herramienta clave en la lucha contra el cambio climático y la promoción de un desarrollo sostenible. La tarifa actual es $23.000 por tonelada de CO2. El país tiene como objetivo la reducción del 51% de las emisiones de gases de efecto invernadero para el 2030.
En este contexto, Daniel Bulla, socio de la línea de Impuestos de BDO en Colombia, describe este tributo como un “impuesto que grava y busca desincentivar el consumo de combustibles fósiles en pro de reducir el grado de emisiones de gases con efecto invernadero GEI, señala. “Los ingresos generados suelen reinvertirse en proyectos y programas ambientales o en incentivos para la transición hacia fuentes de energía renovable y tecnologías más ecológicas”, añade.
Esta contribución en la que están adscritos 37 países en el mundo incluida Colombia, desde la normativa se entiende como el tributo que grava la venta en territorio nacional, la producción o la importación de combustibles, como el gas (natural o licuado de petróleo), la gasolina (incluido el jetfuel, combustible de aviación, y el ACPM), y el carbón.
Daniel Bulla, de BDO en Colombia asegura que “su liquidación va en función del factor de emisión de GEI de cada combustible expresado en kilogramo de CO2, lo cual no se reduce solo al dióxido de carbono sino al metano por unidad energética terajulios de acuerdo al peso del combustible”. En cuanto a las tarifas señala que, “fueron modificadas por la Ley 2277 de 2022 en su artículo 48 y descansan sobre la tonelada, el galón o el metro cúbico de cada combustible”. Dice que quienes emiten más carbono pagan un impuesto más elevado, lo que motiva a adoptar prácticas y tecnologías más limpias y sostenibles.
El experto señala que uno de los beneficios ha sido el económico, aun así, destaca que para que este impuesto sea realmente efectivo en su propósito de desincentivar la generación de huellas de carbono, no debería recaudar ingresos sustanciales. “Sin duda económicamente este impuesto ha generado un flujo de recaudo importante para la Nación, sin embargo, la filosofía del tributo debería ser totalmente contra intuitiva, habida cuenta que, al ser un impuesto pigouviano, debería propender por desincentivar una conducta, en este caso la de tener una huella de carbono grande, y el éxito real del impuesto sería no generar recaudo”, señala.
Así mismo, subraya que, aunque este gravamen -en conjunción con el sistema de bonos de carbono- fomenta la capacidad de sostenibilidad, aún enfrenta desafíos de consideración. “Por ahora, puede señalarse que el impuesto, junto con su coexistencia con el régimen de bonos de carbono, si genera un ecosistema de sostenibilidad que motive la deconstrucción de la matriz energética actual, pero aún es una medida incipiente. Es precisamente esa relación con los bonos de carbono la que desde la última reforma tributaria en 2022 plantea desafíos hoy en día, eso en el entendido que el Gobierno decidió limitar la compensación del impuesto con bonos de carbono (que pretenden, de hecho, cumplir las metas corporativas de carbono neutro) en cuanto a acotar su valor y también reducir el margen de acción de grupos”, asegura.
En consecuencia, la firma enfatiza que, en el esquema actual, si bien es un buen impuesto, plantea la necesidad de enfocarse en el mayor nicho de emisiones de CO2eq, que es el sector ganadero, para así, generar efectividad y una verdadera mitigación ambiental. “Nadie discute lo plausible del impuesto, pero en algún momento, si es que el objetivo es el altruista, el país deberá voltear a mirar el mayor nicho de emisiones de CO2eq, y esto es el sector de la ganadería que, en este esquema impositivo comentado en combustible, no gravita en el resorte del impuesto, pero es innegable su impacto en la huella global de carbono”, afirma.
Con la Resolución 000035 de 2023, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) prescribió el formulario 435 “Declaración del impuesto nacional al carbono” para así dar cumplimiento a las obligaciones tributarias por el año gravable 2023 y años gravables siguientes.
Por último, el impuesto al carbono es aplicable principalmente a las actividades relacionadas con la venta, producción o importación de combustibles en el país. “En un mundo de cadenas productivas no puede perderse de vista que este impuesto, al convertirse en un costo, afecta de manera agregada todo tipo de industria que en su esquema deba disponer de estos combustibles por lo que, aunque el perímetro del hecho generador es corto, el alcance económico y financiero del impuesto es realmente inconmensurable”, puntualiza el experto.