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Reforma laboral no debería afectar contrato por prestación de servicios

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 La Reforma Laboral ya fue radicada en la Cámara de Representantes y se espera que con la aprobación de los diferentes partidos políticos esta sea aprobada sin mayor reparo.

En caso de no presentarse mayor oposición a la reforma laboral, presentada en días pasados a la Cámara de Representantes, se esperaría que fuese aprobada para el mes de mayo siendo sancionada posteriormente en junio.Sin embargo, aún hay incertidumbre en varios sectores del país pues la continuidad de figuras como el contrato por prestación de servicios y su alcance, no es del todo claro.

En Colombia actualmente las empresas tienen la posibilidad de administrar a sus colaboradores bajo dos modelos de contratación, uno es el formal o directo, que aplica para los contratos a término indefinido, obra o labor y que están sustentado en el código sustantivo de trabajo y los contratos por prestación de servicios y aquellos que no corresponden a una contratación directa. En este sentido, lo que busca la reforma laboral es que aquellos contratos por prestación de servicios que no estén siendo bien manejados porque los empleadores no cumplen las condiciones mínimas, los trabajadores sean contratados bajo los términos formales según la ley colombiana.

“La reforma aún no es clara respecto al destino de la figura de contratación laboral por prestación de servicios. No se puede dejar de lado a todos aquellos trabajadores que laboran prestando un servicio específico y no necesariamente deberían estar contratados por la organización pues esto conlleva a un aumento de gastos administrativos para la empresa, lo que lo hace totalmente inviable”, afirma Juan David Barbosa, Co-fundador y Director de Fisapay.

Tal cual como está formulada la reforma laboral, se prevé un aumento del 40% de gastos adicionales para los empresarios, además del mensaje que se puede estar entregando de eliminar la contratación por prestación de servicio. Para entender mejor el concepto de prestación de servicios, se debe tener en cuenta que este surge como un complemento a los otros tipos de contratación para ayudar a las empresas a cubrir necesidades temporales, por periodos de tiempos determinados, en labores específicos.

“En Fisapay creemos que, aunque a hoy el panorama inicial no se vea tan claro, esa falta de claridad va a permitir la correcta discusión y la reorientación para que podemos trabajar en entregarle al empresariado más y mejores oportunidades a la clase trabajadora formal y la tradicional y la formalización de los modelos de servicios y prestación de servicios que deben convivir con el buen uso de las figuras contractuales en materia laboral en Colombia”, enfatiza Juan David Barbosa, Co-fundador y Director de Fisapay.

Durante los últimos años, Fisapay se ha convertido en un aliado de la formalización laboral en Colombia, trabajando en pro de las empresas y los aliados comerciales y contratistas de estos negocios sobre todo en pro del modelo de contratación por prestación de servicios que tiene características que le brinda beneficios a todos los actores. Es por esto que la Fintech Colombia hace una invitación a trabajar desde el sector público y privado para lograr que cualquier cambio o reforma le brinde seguridad, confianza y formalización a todos los trabajadores”.

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